Se recuerda que el conocimiento del idioma español es fundamental para trabajar en España. Los principales sistemas de búsqueda de empleo, además de la red EURES son:
SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO
Los Servicios de empleo españoles, estatal (SEPE) y de las Comunidades Autónomas, disponen de una amplia red de oficinas de empleo en todo el territorio. Para inscribirse es necesario ser mayor de 16 años, presentar un documento de identidad o pasaporte en vigor y disponer de un domicilio. Para incluir datos personales y profesionales se le pedirá una justificación documental (títulos, contratos, etc.)
Las direcciones de las Oficinas de Empleo se pueden encontrar en la web del SEPE, con enlace con los servicios públicos de empleo de las Comunidades Autónomas. Estas webs disponen de información sobre ofertas de trabajo, cursos de formación y guías de búsqueda de empleo. Empléate es un espacio virtual de intermediación al que se accede desde la Web del SEPE.
AGENCIAS DE COLOCACIÓN, EMPRESAS DE SELECCIÓN Y EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL.
Otros agentes que intermedian en el mercado laboral son las agencias de colocación, sin ánimo de lucro y autorizadas por la Administración laboral, así como las empresas especializadas en selección de Recursos Humanos, que suelen difundir sus vacantes en la prensa y en RRSS.
Las empresas de trabajo temporal, que siempre incluyen las siglas ETT, contratan directamente a los trabajadores y posteriormente los ceden a la empresa usuaria, que ejerce la dirección y control del trabajo a desarrollar. Son especialmente útiles para búsqueda de empleos temporales.
MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Todos los periódicos españoles nacionales, regionales y provinciales, tienen una sección diaria de ofertas de empleo, aunque es en las ediciones dominicales donde más ofertas de empleo se publican. Las televisiones y radios también tienen programas específicos de empleo. Es conocido el programa de televisión “Aquí hay trabajo”, que se emite de lunes a viernes a las 09.30 horas en la 2 (RTVE) y otros programas relacionados con el empleo que se emiten en los canales autonómicos.
INTERNET Y APLICACIONES (Apps) Y REDES SOCIALES
Cada vez es más frecuente que las empresas recurran a Internet para difundir sus ofertas de empleo. En sus páginas Web las empresas suelen anunciar sus ofertas en el apartado de Recursos Humanos, Empleo o bajo el epígrafe "Trabaja con nosotros".
El mundo de las aplicaciones (APPs) y las diferentes redes sociales se encuentra actualmente en una etapa de máxima expansión. No sólo pretenden mejorar la utilidad de sus páginas webs de referencia, sino que incluso a veces, sustituyen a éstas últimas ampliando y mejorando el acceso de los usuarios en cualquier lugar en el que se encuentren.
LOS CONTACTOS PERSONALES
Los contactos y relaciones personales son muy útiles en la búsqueda de empleo. Si se tienen amigos o familiares en España conviene comentar que se busca trabajo, porque muchas vacantes se cubren a través de este tipo de contactos y referencias. También puede resultar de utilidad participar en foros profesionales online, ya que las redes sociales están cobrando mucho protagonismo en las estrategias de búsqueda activa de empleo en España
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Si el objetivo es trabajar en la Administración Pública, debe consultar las convocatorias que se publican en los Boletines Oficiales del Estado, autonómicos y provinciales. También puede obtener información de las convocatorias a través de la Web de la administración española-Portal del ciudadano.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Servicio Público de Empleo Estatal | http://www.sepe.es |
Servicios de Empleo autonómicos | https://www.sistemanacionalempleo.es/HomeSne/servicios.html |
Empleate | https://www.empleate.gob.es/empleo/# |
Agencias de colocación autorizadas | https://www.sistemanacionalempleo.es/AgenciasColocacion_WEB/consultarAgenciasColocacion.do |
ETT’s autorizadas | https://www.mites.gob.es/es/sec_trabajo/debes_saber/ett-OIA/index.htm |
Prensa española | https://socialbizsolutions.com/buscamedios-medios-de-comunicacion-en-espana |
Aquí hay Trabajo | https://www.rtve.es/alacarta/videos/aqui-hay-trabajo |
Portal del Ciudadano | http://administracion.gob.es |
Un buen currículum, acompañado con la carta de presentación, es una herramienta muy importante para presentar candidatura a un puesto de trabajo en una empresa de vuestro sector (auto-candidatura), y para responder a un anuncio de oferta de empleo. Tras la publicación de una oferta laboral, la primera noticia que recibe una empresa de una persona candidata es la carta de presentación y el currículum. El currículum es un documento que contiene la información personal y profesional necesaria de la persona candidata, donde se destaca todo aquello positivo y valioso de su experiencia. El objetivo del currículum es obtener una entrevista personal. Las estadísticas muestran que el 75% de las candidaturas son descartadas por el currículum antes de llegar a la fase de la entrevista, por lo que el currículum se convierte en la herramienta publicitaria de quien busca un trabajo y, por lo tanto, es un documento muy importante que se debe cuidar especialmente.
CANDIDATURA
Algunas empresas facilitan un modelo de solicitud, pero la práctica es enviar el Currículo acompañado de una carta de presentación, ya sea en respuesta a una oferta o como candidatura espontánea.
No es una simple formalidad: es la tarjeta de presentación y la primera imagen que se transmite a la empresa. Salvo que se indique lo contrario, la carta y el CV deben estar escritos en español, en ordenador y en formato A4. La carta debe ser concisa, con un lenguaje formal, evitando el uso de cartas estándar para cualquier tipo de ofertas. Ambos documentos deben estar directamente relacionados con el puesto de trabajo que se está solicitando.
Carta de presentación
Para redactar una carta en respuesta a un anuncio:
Leed atentamente el anuncio o la oferta de trabajo.
Analizad las necesidades de la empresa. ¿Qué tipo de profesional están buscando?
Haced una carta a medida: seleccionad los aspectos del currículum que conviene destacar para suscitar el interés en función de las necesidades de la empresa que realiza la oferta.
Redactar una carta que será enviada por iniciativa propia (auto candidatura):
Se utiliza cuando se envía por iniciativa propia el currículum a una empresa para que lo tengan en cuenta en el momento en que surja una vacante o se cree un nuevo puesto de trabajo.
Procurad conseguir el máximo de información sobre la empresa y sus necesidades.
Encontrad un motivo para demostrar vuestro interés para colaborar con ellos.
Seleccionad los aspectos del currículum que os interesa ofrecer a la empresa porque sabéis que los valorarán positivamente.
Currículum Vitae
No hay un modelo único de currículum. Para que vuestro currículum sea efectivo, adaptadlo para cada oferta teniendo presente la trayectoria formativa y profesional y los detalles de la oferta concreta del lugar de trabajo. Podéis cambiar el orden de los bloques o apartados, sí así conseguís más eficacia en el currículum. Por ejemplo, podéis poner la experiencia antes de la formación, cuando consideréis que para un determinado puesto de trabajo vuestra experiencia es más importante que los estudios realizados.
Cuatro modelos básicos:
- Cronológico ascendente: si tenéis poca experiencia, ordenar las fechas por orden cronológico, de forma que destaque la evolución positiva.
- Cronológico descendente: ordenar las fechas empezando por la más reciente hasta la primera, si vuestra experiencia es larga o si queréis encontrar trabajo en aquello que habéis realizado recientemente.
- Funcional: ordenar los datos del currículum en función de las áreas profesionales si habéis trabajado en dos sectores o más que parezcan diferentes o que no tengan una clara relación entre ellos.
- Europeo: especialmente indicado si deseáis solicitar un trabajo en la Unión Europea.
CONSEJOS. Debe estar escrito en ordenador y ser estructurado, claro y conciso. Se aconseja un máximo de dos páginas, en formato DINA4. No es imprescindible adjuntar fotografía, aunque para algunos puestos puede resultar conveniente. Normalmente no se acompaña de fotocopias de títulos y certificados (salvo que así se requiera expresamente) ya que suelen aportarse durante la entrevista. El lenguaje debe ser directo. Conviene usar frases simples, evitando siglas y abreviaturas.
En la cultura de empresa española es frecuente que la empresa contacte únicamente con los candidatos que han superado la fase de reclutamiento o selección.
Pueden encontrarse modelos de CV y consejos para redactarlos en la mayor parte de las webs de los servicios públicos de empleo en España.
El CV Europass constituye una alternativa a los modelos clásicos de CV, especialmente cuando se trata de buscar un empleo en otro país europeo. Permite presentar bajo un formato común europeo los datos personales, competencias y titulaciones del candidato, y está disponible en 22 lenguas europeas.
PROCESOS DE SELECCIÓN
Normalmente los procesos de selección en España se basan en entrevistas personales y en ocasiones se acompañan de pruebas psicotécnicas y / o profesionales.
Dada la importancia de esta entrevista, conviene que la prepare debidamente, informándose sobre la actividad de la empresa, reflexionando sobre sus aptitudes y actitudes y su aportación a la empresa en el caso de ser contratado. La entrevista puede ser con un solo entrevistador o varios simultáneamente, dependiendo de la empresa y del puesto de trabajo.
TESTS PSICOTÉCNICOS
Llegado a este punto del proceso de selección, conviene reflexionar sobre el hecho de que la empresa necesita analizar las diferencias individuales entre las diferentes candidaturas aspirantes a un puesto de trabajo. Un test es sólo un método para reunir información sobre una persona, por lo que los test psicotécnicos son instrumentos estandarizados que miden aptitudes, capacidades, aspectos de la personalidad, intereses, valores profesionales, etc. Los test psicotécnicos se utilizan en el 75% de las empresas del Estado español en sus procesos de selección. Se dividen en dos modalidades: test de aptitud y test de personalidad.
PRUEBAS PROFESIONALES
Las pruebas profesionales se utilizan para evaluar los conocimientos propios de una profesión en concreto. Se pueden hacer en forma de exámenes, cuestionarios técnicos, ejercicios de simulación, etc.
DINÁMICAS DE GRUPO.
Cada vez son más las empresas que dentro del proceso de selección incluyen ejercicios de grupo. En estos ejercicios, diversas personas candidatas mantienen una reunión que es observada por el personal técnico que realiza el proceso de selección y que evalúa la actuación en la reunión de cada participante. A veces pueden simular situaciones profesionales, pero otras se plantean dilemas o incluso cuestiones morales.
CENTRO DE EVALUACIÓN
El centro de evaluación es una metodología de selección cada vez más utilizada en las empresas. Tiene una duración de uno o dos días y se utiliza para evaluar las competencias de las personas candidatas en una variedad de situaciones que simulan lo que podría ser trabajar en esta empresa. Evalúa la motivación, capacidad de trabajo bajo presión, capacidad de comunicación verbal y escrita, liderazgo, trabajo en equipo, persuasión, análisis e interpretación de datos...
Enlaces
Título/nombre | URL |
Europass | http://europass.cedefop.europa.eu/es/home |
Definición
Las prácticas se definen como aquellos periodos limitados en el tiempo en los que se adquiere experiencia laboral de tipo práctico (sea parte integrante de un plan de estudios, o no) y que también tienen un componente educativo/formativo. Permiten obtener un reconocimiento formal de la experiencia laboral práctica a incluir en el CV personal o en un Plan de Estudios, así como facilitar la transición desde el sistema educativo o desde una acción de formación al mercado de trabajo. Su limitación temporal suele establecerse en el corto y medio plazo, durando entre unas semanas a 6 meses, o en algunos casos hasta 1-2 años.
Se distingue entre 4 tipos:
- Prácticas académicas externas universitarias (formativas y no laborales): dirigidas a estudiantes.
- Pueden ser prácticas externas curriculares: son parte del Plan de Estudios del Título (Apprenticeships) o
- Extracurriculares universitarias: no son parte del Plan de Estudios, no son obligatorias, pero se contemplan en el Suplemento Europeo al Título. Se rigen por Convenios Universidad-Empresa.
- Prácticas no laborales ni académicas: para jóvenes desempleados inscritos en la oficina de empleo, de 18 - 25 años, con titulación oficial universitaria, de formación profesional media o superior, o un certificado de profesionalidad. No deberán haber tenido una relación laboral o experiencia profesional superior a 3 meses en la misma actividad (excluidas prácticas académicas).
Se rigen por un Convenio de colaboración entre la empresa y el Servicio Público de Empleo (de las 17 Comunidades Autónomas. o del SEPE): ej. Canarias, se llama Programa Cataliza.
- Prácticas laborales: En este caso habría que mencionar al contrato de trabajo en prácticas, el cual tiene por objeto la obtención por el trabajador de la práctica profesional adecuada y referida al nivel de estudios cursados (universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficial equivalente). Conllevan alta en Seguridad Social y protección por desempleo posterior.
- Los programas públicos de empleo-formación. Fuente: Servicio Público de Empleo Estatal
Información general
- Prácticas académicas externas universitarias:
- Según Proyecto Formativo fijado para el estudiante y acordado entre la empresa y la universidad.
- Con tutor en la empresa y un tutor académico
- Cuando sean extracurriculares no más del 50% del curso académico.
- Prácticas no laborales en centros de trabajo de la empresa o del grupo empresarial,
- Bajo la dirección y supervisión de un tutor.
- Duración entre 3 - 9 meses.
- Se firmará un acuerdo participante-empresa.
- Al final se emitirá un certificado sobre la práctica realizada, que se registrará en el Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo.
- Prácticas laborales en empresas con contrato:
- Contrato en prácticas ordinario: que no hayan transcurrido 5 años desde la finalización de los estudios o 7 en el caso de personas con discapacidad.
- Formalización por escrito.
- Duración: 6 meses hasta 2 años.
- Beneficios para el empresario: los contratos en prácticas pueden ser beneficiarios de incentivos a la contratación (reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social).
- Los programas públicos de empleo-formación conocidos como
- Escuelas Taller, Casas de Oficios, que incluyen prácticas de empleo en un entorno laboral real.
- Objetivos: La formación se lleva a cabo en Escuelas Taller y Casas de Oficios, con el objetivo de fomentar la inserción profesional de los jóvenes (16-24 años) al proporcionarles formación y experiencia laboral en una empresa y brindarles la oportunidad de adquirir aptitudes profesionales.
- Duración de la formación: De 1 a 2 años.
- Ámbito: Nacional, pero implantado a nivel local.
- Nivel/Fuente de financiación: El Ministerio de Empleo y las comunidades autónomas, con la contribución del FSE.
- Talleres de Empleo.
- Objetivos: La formación se lleva a cabo en Talleres de Empleo, con el objetivo de fomentar la inserción profesional de los jóvenes (de más de 25 años) al proporcionarles formación y experiencia laboral en una empresa y brindarles la oportunidad de adquirir aptitudes y capacidades profesionales.
- Duración de la formación: De 6 meses a 1 año.
- Ámbito: Nacional.
- Nivel/Fuente de financiación: El Ministerio de Empleo y las comunidades autónomas con la contribución del Fondo Social Europeo.
- Escuelas Taller, Casas de Oficios, que incluyen prácticas de empleo en un entorno laboral real.
Criterios de admisibilidad
- Las prácticas académicas externas se dirigen a estudiantes universitarios matriculados en esa universidad o de otras españolas o extranjeras que estén cursando esos estudios en el marco de algún programa de movilidad académica.
- Las prácticas no laborales son para jóvenes desempleados e inscritos como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo (18-25 años).
- Cuando se trate de un contrato de trabajo en prácticas, se requerirá que la persona tenga el correspondiente permiso residencia y de trabajo, sin distinguir entre españoles y nacionales de EEE o terceros países.
- Los programas públicos de empleo-formación implican un contrato de formación y aprendizaje, explicado anteriormente.
Aplicación
- Las prácticas académicas externas: Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
- Las prácticas no laborales son para jóvenes desempleados e inscritos (18-25 años): Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas.
- Los programas públicos de empleo-formación.
Condiciones de vida y de trabajo
- Prácticas académicas externas: Pueden percibir bolsa o ayuda de estudios (no es obligatoria).
- Prácticas no laborales: los participantes recibirán de la empresa o grupos empresariales en que desarrollan las prácticas una beca de apoyo cuya cuantía será, como mínimo, del 80 por ciento del IPREM mensual vigente (600 euros)
- Contrato de prácticas: la retribución del trabajador será la fijada en convenio colectivo para los trabajadores en prácticas, sin que, en su defecto, pueda ser inferior al 60% o al 75% durante el primero o el segundo año de vigencia del contrato, respectivamente, del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo. El salario por un contrato a tiempo completo nunca será inferior al salario mínimo interprofesional (1134 euros).
- A la terminación del contrato, el empresario deberá expedir al trabajador un certificado en el que conste la duración de las prácticas, el puesto o puestos de trabajo ocupados y las principales tareas.
- No se podrá concertar un contrato en prácticas en base a un certificado de profesionalidad obtenido como consecuencia de un contrato para la formación celebrado anteriormente con la misma empresa.
- Los programas públicos de empleo-formación implican un contrato de formación y aprendizaje, explicado anteriormente.
¿Dónde puedo encontrar oportunidades de empleo?
- Red EURES-España
- En los Servicios Públicos de empleo de las CCAA
- En los Centros Universitarios.
- En los Colegios Profesionales
Financiación y ayuda
Ayudas económicas para acudir a entrevistas, realizar cursos de idiomas previos a la contratación o por traslado motivado en un contrato de prácticas de 6 meses o más en EEE:
¿Dónde puedo publicar oportunidades de empleo?
Si se trata de contratos en prácticas, reciben el mismo tratamiento que cualquier oferta de empleo:
- Empléate
- En centros formativos y universitarios.
- Colegios Profesionales.
- Servicios Públicos de Empleo de las CC.AA. (Prácticas no laborales 18 -25 y contratos).
- Red EURES.
Financiación y ayuda
A nivel transnacional: Red EURES-España
Para prácticas no laborales. Sepe.
Además, para las empresas que quieran formalizar un contrato de prácticas, pueden ser beneficiarios de incentivos a la contratación (reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social).
Marco legal
La formación en alternancia (Apprenticeship) combina educación y formación en una institución educativa o centro de formación y en el lugar de trabajo. El régimen de alternancia puede tener lugar con periodicidad semana, mensual o anual.
Los participantes pueden estar contractualmente vinculados con el empresario y/o recibir una remuneración. Al terminar la formación se obtiene un título/certificación nacional. Fuente: Cedefop.
Iniciativas de formación profesional que incluyen un módulo de experiencia laboral práctica:
- Los ciclos formativos de formación profesional que oferta el sistema educativo cuentan con un módulo de prácticas obligatorias (Módulo de Formación en Centros de Trabajo, FCT), que deben tener lugar en un entorno productivo real;
- La formación profesional para el empleo, para obtener un certificado de profesionalidad, se debe realizar un módulo de prácticas (Formación Práctica en Centros de Trabajo)
En ambos casos, se trata de una experiencia de aprendizaje práctico obligatorio, no de empleo, que tiene lugar en un entorno laboral real y puede ser convalidado con experiencia laboral suficiente.
- Formación Profesional Dual con contratos para la formación y aprendizaje.
- Prácticas académicas externas universitarias dirigidas a estudiantes Curriculares.
- Prácticas en formación proporcionadas por entidades privadas.
Descripción de los programas
En España las posibilidades para aquellas personas que deseen realizar una actividad de aprendizaje y formación para obtener una cualificación profesional son las siguientes:
- Formación en Centros de Trabajo en la Formación Profesional FCT. Inicial (IVET)
- F.P. Básica: dos cursos académicos, orientada a alumnos entre 15 y 17 años. Tiene un módulo denominado Formación en Centros de Trabajo de alrededor 300 horas.
(Real Decreto 127/2014Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo). - F.P. Grado Medio: dos cursos académicos con un módulo denominado Formación en Centros de Trabajo de alrededor 400 horas (Real Decreto 1147/2011 Ordenación General de la Formación Profesional en el Sistema Educativo).
- F.P. Grado Superior: dos cursos académicos con un módulo denominado Formación en Centros de Trabajo de alrededor 400 horas (Real Decreto 1147/2011)
Fuente: www.todofp.es
- Módulos de Formación Práctica en Centros de Trabajo en la Formación Profesional para el Empleo (CVET)
Los certificados de profesionalidad tienen como objetivo acreditar las competencias profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
(Real Decreto 34/2008: Regulación de los Certificados de Profesionalidad).
Existen tres niveles de certificados de profesionalidad (1,2 y 3) los cuales tiene su respectiva Formación Práctica en Centros de Trabajo.
Tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y son expedidos por el SEPE y los órganos competentes de las Comunidades Autónoma.
Fuente: Certificados de profesionalidad - Formación Profesional Dual. Contrato para la formación y el aprendizaje.
Se regula por el RD 1529/2012, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación dual.
Este contrato busca favorecer la inserción laboral de los trabajadores mayores de 16 años y menores de 30 (), alternando una actividad laboral retribuida en una empresa con una activad formativa.
Fuente: Formación dual - Prácticas académicas externas universitarias dirigidas a estudiantes Curriculares: Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Son parte del Plan de Estudios del Título universitario y se rigen por Convenios Universidad-Empresa.
Criterios
Las actividades de aprendizaje y formación se dirigen a personas que estén cursando esa formación en el marco de algún programa de movilidad en los países del EEE.
Condiciones de vida y de trabajo
- Formación en Centros de Trabajo en la Formación Profesional Inicial (IVET)
Esta formación no es remunerada para el alumno, pero es obligatoria para la obtención del título de Formación Profesional correspondiente. - Módulos de Formación Práctica en Centros de Trabajo en la Formación Profesional para el Empleo (CVET)
Esta formación no es remunerada para el alumno, pero es obligatoria para la obtención del Certificado de Profesionalidad correspondiente. - La Formación Profesional Dual es un nuevo tipo de oferta dentro de la Formación Profesional tanto del sistema educativo como del sistema laboral.
Se desarrolla mediante una alternancia entre la escuela de formación y la empresa, con una duración variable entre una y otra.
Dos modalidades:- A través del contrato para Formación Aprendizaje:
La duración de este contrato no podrá ser inferior a 1 año ni exceder de 3 años, si bien podrá prorrogarse en algunos casos.
El tiempo de trabajo efectivo no podrá ser superior al 75% durante el primer año, o al 85%, durante el segundo y tercer año, de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo o, en su defecto, de la jornada máxima legal.
La retribución del trabajador será proporcional al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo a lo establecido en convenio y nunca por debajo de la parte proporcional del salario mínimo interprofesional. - Mediante convenio de colaboración entre el Centro Educativo y la empresa:
La formación se asume por el tutor de la empresa y el alumno/aprendiz percibe un salario en concepto de beca de hasta un máximo de 300 €, la compañía percibe bonificaciones por hacerse cargo de la formación del alumno.
- A través del contrato para Formación Aprendizaje:
¿Dónde puedo encontrar oportunidades de empleo?
- Información sobre la Formación en Centros de Trabajo en la Formación Profesional Inicial (IVET)
- En el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte www.todofp.es.
- En las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas.
- En los centros de formación.
- Información sobre la Formación Práctica en Centros de Trabajo en la Formación Profesional para el Empleo (CVET). En el SEPE:
- Certificados de profesionalidad
- Información sobre el contrato de formación y aprendizaje y FP Dual:
- En la página web de EURES España también se puede encontrar información para la realización de prácticas y formación.
http://www.sepe.es/contenidos/personas/encontrar_empleo/encontrar_empleo_europa/practicas.html
Financiación y ayuda
- . En la página web del Ministerio de Educación existe información sobre becas y ayudas para la formación profesional en el sistema educativo.
Ministerio de Educación. Becas para estudiar Formación Profesional - En la página web del SEPE www.sepe.es y de las Consejerías de Empleo de las Comunidades Autónomas existe información sobre las becas y ayudas relacionadas con los Certificados de Profesionalidad.
- Ayudas económicas para acudir a entrevistas, realizar cursos de idiomas previos a la contratación o por traslado motivado por un contrato de trabajo de 6 meses o más en EEE
Ayudas de movilidad
¿Dónde puedo publicar oportunidades de empleo?
- Servicio Público de Empleo www.sepe.es
- Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas.
- Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas.
- Ministerio de Educación y Formación Profesional.
- Centros de Formación
Financiación y ayuda
The free movement of goods is one of the cornerstones of the European Single Market.
The removal of national barriers to the free movement of goods within the EU is one of the principles enshrined in the EU Treaties. From a traditionally protectionist starting point, the countries of the EU have continuously been lifting restrictions to form a ‘common’ or single market. This commitment to create a European trading area without frontiers has led to the creation of more wealth and new jobs, and has globally established the EU as a world trading player alongside the United States and Japan.
Despite Europe’s commitment to breaking down all internal trade barriers, not all sectors of the economy have been harmonised. The European Union decided to regulate at a European level sectors which might impose a higher risk for Europe’s citizens – such as pharmaceuticals or construction products. The majority of products (considered a ‘lower risk’) are subject to the application of the so-called principle of mutual recognition, which means that essentially every product legally manufactured or marketed in one of the Member States can be freely moved and traded within the EU internal market.
Limits to the free movement of goods
The EU Treaty gives Member States the right to set limits to the free movement of goods when there is a specific common interest such as protection of the environment, citizens’ health, or public policy, to name a few. This means for example that if the import of a product is seen by a Member State’s national authorities as a potential threat to public health, public morality or public policy, it can deny or restrict access to its market. Examples of such products are genetically modified food or certain energy drinks.
Even though there are generally no limitations for the purchase of goods in another Member State, as long as they are for personal use, there is a series of European restrictions for specific categories of products, such as alcohol and tobacco.
Free movement of capital
Another essential condition for the functioning of the internal market is the free movement of capital. It is one of the four basic freedoms guaranteed by EU legislation and represents the basis of the integration of European financial markets. Europeans can now manage and invest their money in any EU Member State.
The liberalisation of capital markets has marked a crucial point in the process of economic and monetary integration in the EU. It was the first step towards the establishment of our European Economic and Monetary Union (EMU) and the common currency, the Euro.
Advantage
The principle of the free movement of capital not only increases the efficiency of financial markets within the Union, it also brings a series of advantages to EU citizens. Individuals can carry out a broad number of financial operations within the EU without major restrictions. For instance, individuals with few restrictions can
- easily open a bank account,
- buy shares
- invest, or
- purchase real estate
in another Member State. EU Companies can invest in, own and manage other European enterprises.
Exceptions
Certain exceptions to this principle apply both within the Member States and with third countries. They are mainly related to taxation, prudential supervision, public policy considerations, money laundering and financial sanctions agreed under the EU Common Foreign and Security Policy.
The European Commission is continuing to work on the completion of the free market for financial services, by implementing new strategies for financial integration in order to make it even easier for citizens and companies to manage their money within the EU.
Alquiler:
Si durante la estancia en España se quiere alquilar un piso, lo más aconsejable será que se consulte las secciones dedicadas a vivienda de todos los periódicos. También se puede acudir a una agencia inmobiliaria, Internet o a las páginas amarillas de la guía telefónica donde se pueden consultar las agencias inmobiliarias.
Mientras se esté buscando alojamiento, la persona o personas interesadas pueden dirigirse a una Oficina de Turismo, que puede facilitar una relación de los alojamientos por temporada disponibles.
Compra de una propiedad:
En la actualidad, muchas agencias inmobiliarias del EEE se ocupan de la compra de propiedades españolas. En España, podemos dirigirnos a una agencia inmobiliaria local. Si se quiere estar al tanto de los precios de mercado de la vivienda nueva, la Sociedad de Tasación efectúa un masivo estudio de mercado en el que analiza las promociones nuevas de vivienda libre que se construyen en todas las capitales de provincia.
En el actual Plan de Vivienda 2022-2025 se contemplan ayudas para la compra de vivienda y también se arbitrarán líneas de ayudas específicas al alquiler para jóvenes y mayores de 65 años haciéndose hincapié en la rehabilitación de viviendas y en la eficiencia energética.
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana difunde en su web información sobre este Plan estatal
Algunas Comunidades Autónomas cuentan, en sus servicios de juventud, con información general sobre alquiler y compra-venta de vivienda, información jurídica especializada, informaciones de prensa sobre viviendas de alquiler y habitaciones compartidas, etc.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Enlace al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana Información sobre el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 | Programas de ayuda a la vivienda |
En España existen tres tipos de centros de enseñanza: públicos, concertados y privados, aunque la mayor parte de ellos son públicos o concertados.
Públicos:
Son centros de titularidad pública y dependen de las diferentes Comunidades Autónomas. Su coste es gratuito.
Concertados:
Son aquellos centros privados que están subvencionados por las comunidades autónomas para impartir gratuitamente la educación obligatoria. Algunos centros cobran una cuota moderada en conceptos tales como material escolar, vestuario, u otros servicios
Privados:
Centros de titularidad privada. Su coste depende de muchos factores, como precio de la matrícula, nivel académico y servicios incluidos como transporte, comedor, clases especiales, deportes, instalaciones, etc. Los costes mínimos están en orden a los 300€ mensuales y los máximos dependen de los servicios que se acuerden y del tipo de centro, por lo que pueden superar los 600 €.
Horarios:
El horario puede ser continuado o partido, dependiendo del nivel escolar que se estudie y del Centro elegido. La jornada continuada, sin interrupciones, se imparte generalmente en horario de 8.30h a 15 dejando las tardes libres. En la jornada partida se interrumpen las clases a la hora de comer, por ejemplo, de 9 a 12,30 y de 15 a 17 horas. La mayoría de los centros de educación primaria imparten sus enseñanzas en jornada partida, con pequeñas variaciones de horario, y los de secundaria en jornada continuada.
Plazo de matriculación:
El plazo para solicitar la admisión en la enseñanza obligatoria se abre en los meses de marzo o abril. Hay un plazo extraordinario en el mes de septiembre. No obstante, cuando el traslado se debe a causas justificadas se admite matrícula en enseñanzas obligatorias durante todo el curso.
Calendario escolar:
Puede haber variaciones entre las distintas comunidades autónomas. No obstante, la fecha de comienzo del curso es en el mes de septiembre y la de final de curso es en el mes de junio. Hay unos periodos de vacaciones en Navidad, Semana Santa y verano.
Centros Extranjeros en España:
Existen centros que imparten en España enseñanzas de acuerdo con los sistemas educativos de otros países. También existe la posibilidad de seguir, en determinados centros educativos, estudios que permiten obtener una doble titulación según el sistema educativo de ambos países.
Encontrará información disponible sobre todos los aspectos del sistema educativo español, así como una relación de los centros docentes en el portal del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. También proporciona información la consejería o agregaría de educación de la embajada española en su país.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Registro estatal de centros no universitarios | https://www.educacion.gob.es/centros/home.do |
The implementation of the principle of free movement of people, is one of the cornerstones of our European construction, has meant the introduction a series of practical rules to ensure that citizens can travel freely and easily to any Member State of the European Union. Travelling across the EU with one’s car has become a lot less problematic. The European Commission has set a series of common regulations governing the mutual recognition of driving licences, the validity of car insurance, and the possibility of registering your car in a host country.
Your driving licence in the EU
The EU has introduced a harmonised licence model and further minimum requirements for obtaining a licence. This should help to keep unsafe drivers off Europe's roads - wherever they take their driving test.
Since 19 January 2013, all driving licences issued by EU countries have the same look and feel. The licences are printed on a piece of plastic that has the size and shape of a credit card.
Harmonised administrative validity periods for the driving licence document have been introduced which are between 10 and 15 years for motorcycles and passenger cars. This enables the authorities to regularly update the driving licence document with new security features that will make it harder to forge or tamper - so unqualified or banned drivers will find it harder to fool the authorities, in their own country or elsewhere in the EU.
The new European driving licence is also protecting vulnerable road users by introducing progressive access for motorbikes and other powered two-wheelers. The "progressive access" system means that riders will need experience with a less powerful bike before they go on to bigger machines. Mopeds will also constitute a separate category called AM.
You must apply for a licence in the country where you usually or regularly live. As a general rule, it is the country where you live for at least 185 days each calendar year because of personal or work-related ties.
If you have personal/work-related ties in 2 or more EU countries, your place of usual residence is the place where you have personal ties, as long as you go back regularly. You don't need to meet this last condition if you are living in an EU country to carry out a task for a fixed period of time.
If you move to another EU country to go to college or university, your place of usual residence doesn't change. However, you can apply for a driving licence in your host country if you can prove you have been studying there for at least 6 months.
Registering your car in the host country
If you move permanently to another EU country and take your car with you, you should register your car and pay car-related taxes in your new country.
There are no common EU rules on vehicle registration and related taxes. Some countries have tax-exemption rules for vehicle registration when moving with the car from one country to another permanently.
To benefit from a tax exemption, you must check the applicable deadlines and conditions in the country you wish to move to.
Check the exact rules and deadlines with the national authorities: https://europa.eu/youreurope/citizens/vehicles/registration/registration-abroad/index_en.htm
Car Insurance
EU citizens can insure their car in any EU country, as long as the chosen insurance company is licensed by the host national authority to issue the relevant insurance policies. A company based in another Member State is entitled sell a policy for compulsory civil liability only if certain conditions are met. Insurance will be valid throughout the Union, no matter where the accident takes place.
Taxation
Value Added Tax or VAT on motor vehicles is ordinarily paid in the country where the car is purchased, although under certain conditions, VAT is paid in the country of destination.
More information on the rules which apply when a vehicle is acquired in one EU Member State and is intended to be registered in another EU Member State is available on this link https://europa.eu/youreurope/citizens/vehicles/registration/taxes-abroad/index_en.htm.
Como ciudadano comunitario, del EEE o Suiza, para entrar en España, sólo es necesario presentar el correspondiente documento de identidad o pasaporte en vigor. Puede permanecer durante tres meses para buscar un empleo o establecerse por cuenta propia. Si después de los tres meses continúa sin encontrar un empleo, tiene derecho a permanecer más tiempo si sigue buscando trabajo.
Si sus familiares no son ciudadanos comunitarios o del EEE o Suiza, deben solicitar una tarjeta de residencia de familiares de comunitarios si van a permanecer con usted en el país más de 3 meses.
Documentación necesaria
En el plazo de tres meses desde la fecha de entrada en España, debe solicitar en la Oficina de Extranjeros o de la policía la inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Para ello debe presentar pasaporte o tarjeta de identidad en vigor y pagar una tasa. La oficina les entregará un certificado de registro en el que constará el llamado NIE (número identificación de extranjero). Este trámite ha sustituido la anterior tarjeta de residente comunitario.
Los extranjeros que, por sus intereses económicos, profesionales o sociales, se relacionen con España, requieren, a efectos de identificación, de un número personal, único y exclusivo llamado NIE (Número de identificación de Extranjeros). El número se obtiene automáticamente al pedir la inscripción en el Registro de Extranjeros, pero puede también solicitarlo separadamente.
Los nacionales de países que no sean miembros del EEE y Suiza requieren permiso de residencia para vivir en España. Pida información en la embajada española en su país de origen o consulte la información en el portal de la Secretaría General de Inmigración y Emigración del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Empadronamiento:
Se realiza en el Ayuntamiento del domicilio siempre que quiera acreditar la residencia en España. Para ello bastará con presentar el contrato de alquiler del domicilio o un recibo de la luz, agua... como muestra de que efectivamente vive usted ahí.
Si es la primera vez que trabaja en España hay que obtener un número de afiliación a la Seguridad Social propio, que podrá gestionar usted mismo o la empresa en su nombre. Para ello presentará en las oficinas de la Seguridad Social:
- Solicitud de afiliación (TA-1)
- Documento de identidad.
Como resultado de esta gestión, obtendrá la Tarjeta de la Seguridad Social la cual deberá presentar en el Centro de salud que le corresponda para la asignación de un médico y la obtención de la tarjeta sanitaria.
Enlaces
Título | URL |
Ministerio del Interior | Ciudadanos comunitarios |
Seguridad Social | http://www.seg-social.es/Internet_1/index.htm |
Secretaría de Estado de Migraciones | Autorizaciones para residir en España |
Antes de ir a España para buscar un trabajo o para una entrevista de selección hay algunos documentos que no debe olvidar:
- Pasaporte o documento de identidad de la UE/EEE en vigor.
- Curriculum Vitae traducido (llevar varios o utilizar un formato electrónico que pueda modificarse), cartas de presentación y de referencia de sus anteriores empleos, títulos académicos y cursos.
- Tarjeta Sanitaria Europea expedida por la Seguridad Social de su país
- Formularios U1 al U4, para poder acreditar los periodos de trabajo cotizados en su país cuando le sea necesario y/o U7 a U10, en el caso de que quiera exportar su prestación por desempleo a España, siempre por un máximo de 3 meses, aunque existe la posibilidad de solicitar una prórroga suplementaria de tres meses más. Para mayor información consultar el enlace del Servicio Público de Empleo Estatal
- Fotocopia de la partida de nacimiento y certificado de familia.
- Traducción certificada del título, en su caso.
- Otros permisos y licencias que considere adecuados, por ejemplo, el permiso de conducir.
Antes de aceptar un trabajo, compruebe si:
- Tiene un pasaporte o documento de identidad de la UE/EEE en vigor.
- Entiende los términos y condiciones del contrato de trabajo. Es importante que se asegure de quién asume los gastos de viaje y alojamiento, usted o el empleador.
- Conoce la forma de pago y frecuencia del salario.
- Tiene alojamiento en España
- Tiene una cobertura sanitaria adecuada.
- Dispone de fondos suficientes hasta recibir el primer salario o regresar a casa si fuera preciso.
Antes de volver a su país es importante que:
- Solicite en su oficina de empleo el documento U1, que certifique sus cotizaciones en España, de cara a futuras prestaciones a que pudiese tener derecho.
- Compruebe que conserva toda la documentación personal que acredite su relación laboral en España (contrato de trabajo, nóminas, etc.).
- Resuelva su situación fiscal en la agencia tributaria.
Piense que la tramitación de estos documentos puede demorarse, por lo que es recomendable solicitarlos lo antes posible.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Servicio Público de Empleo Estatal | https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/mi-prestacion-y-el-trabajo-en-la-UE/trabajos-en-la-UE.html |
Quality of work and employment - a vital issue, with a strong economic and humanitarian impact
Good working conditions are important for the well-being of European workers. They
- contribute to the physical and psychological welfare of Europeans, and
- contribute to the economic performance of the EU.
From a humanitarian point of view, the quality of working environment has a strong influence on the overall work and life satisfaction of European workers.
From an economic point of view, high-quality job conditions are a driving force of economic growth and a foundation for the competitive position of the European Union. A high level of work satisfaction is an important factor for achieving high productivity of the EU economy.
It is therefore a core issue for the European Union to promote the creation and maintenance of a sustainable and pleasant working environment – one that promotes health and well-being of European employees and creates a good balance between work and non-work time.
Improving working conditions in Europe: an important objective for the European Union.
Ensuring favourable working conditions for European citizens is a priority for the EU. The European Union is therefore working together with national governments to ensure a pleasant and secure workplace environment. Support to Member States is provided through:
- the exchange of experience between different countries and common actions
- the establishment of the minimum requirements on working conditions and health and safety at work, to be applied all over the European Union
Criteria for quality of work and employment
In order to achieve sustainable working conditions, it is important to determine the main characteristics of a favourable working environment and thus the criteria for the quality of working conditions.
The European Foundation for the Improvement of Living and Working Conditions (Eurofound) in Dublin, is an EU agency that provides information, advice and expertise on, as the name implies, living and working conditions. This agency has established several criteria for job and employment quality, which include:
- health and well-being at the workplace – this is a vital criteria, since good working conditions suppose the prevention of health problems at the work place, decreasing the exposure to risk and improving work organisation
- reconciliation of working and non-working life – citizens should be given the chance to find a balance between the time spent at work and at leisure
- skills development – a quality job is one that gives possibilities for training, improvement and career opportunities
The work of Eurofound contributes to the planning and design of better living and working conditions in Europe.
Health and safety at work
The European Commission has undertaken a wide scope of activities to promote a healthy working environment in the EU Member States. Amongst others, it developed a Community Strategy for Health and Safety at Work for the period 2021-2027. This strategy was set up with the help of national authorities, social partners and NGOs. It addresses the changing needs in worker’s protection brought by the digital and green transitions, new forms of work and the COVID-19 pandemic. At the same time, the framework will continue to address traditional occupational safety and health risks, such as risks of accidents at work or exposure to hazardous chemicals.
The Community policy on health and safety at work aims at a long-lasting improvement of well-being of EU workers. It takes into account the physical, moral and social dimensions of working conditions, as well as the new challenges brought up by the enlargement of the European Union towards countries from Central and Eastern Europe. The introduction of EU standards for health and safety at the workplace, has contributed a lot to the improvement of the situation of workers in these countries.
Improving working conditions by setting minimum requirements common to all EU countries
Improving living and working conditions in the EU Member States depends largely on the establishment of common labour standards. EU labour laws and regulations have set the minimum requirements for a sustainable working environment and are now applied in all Member States. The improvement of these standards has strengthened workers’ rights and is one of the main achievements of the EU’s social policy.
The importance of transparency and mutual recognition of diplomas as a crucial complement to the free movement of workers
The possibility of obtaining recognition of one’s qualifications and competences can play a vital role in the decision to take up work in another EU country. It is therefore necessary to develop a European system that will guarantee the mutual acceptance of professional competences in different Member States. Only such a system will ensure that a lack of recognition of professional qualifications will become an obstacle to workers’ mobility within the EU.
Main principles for the recognition of professional qualifications in the EU
As a basic principle, any EU citizen should be able to freely practice their profession in any Member State. Unfortunately the practical implementation of this principle is often hindered by national requirements for access to certain professions in the host country.
For the purpose of overcoming these differences, the EU has set up a system for the recognition of professional qualifications. Within the terms of this system, a distinction is made between regulated professions (professions for which certain qualifications are legally required) and professions that are not legally regulated in the host Member State.
Steps towards a transparency of qualifications in Europe
The European Union has taken important steps towards the objective of achieving transparency of qualifications in Europe:
- An increased co-operation in vocational education and training, with the intention to combine all instruments for transparency of certificates and diplomas, in one single, user-friendly tool. This includes, for example, the European CV or Europass Trainings.
- The development of concrete actions in the field of recognition and quality in vocational education and training.
Going beyond the differences in education and training systems throughout the EU
Education and training systems in the EU Member States still show substantial differences. The last enlargements of the EU, with different educational traditions, have further increased this diversity. This calls for a need to set up common rules to guarantee recognition of competences.
In order to overcome this diversity of national qualification standards, educational methods and training structures, the European Commission has put forward a series of instruments, aimed at ensuring better transparency and recognition of qualifications both for academic and professional purposes.
The European Qualifications Framework is a key priority for the European Commission in the process of recognition of professional competences. The main objective of the framework is to create links between the different national qualification systems and guarantee a smooth transfer and recognition of diplomas.
A network of National Academic Recognition Information Centres was established in 1984 at the initiative of the European Commission. The NARICs provide advice on the academic recognition of periods of study abroad. Located in all EU Member States as well as in the countries of the European Economic Area, NARICs play a vital role the process of recognition of qualifications in the EU.
The European Credit Transfer System aims at facilitating the recognition of periods of study abroad. Introduced in 1989, it functions by describing an education programme and attaching credits to its components. It is a key complement to the highly acclaimed student mobility programme Erasmus.
Europass is an instrument for ensuring the transparency of professional skills. It is composed of five standardised documents
- a CV (Curriculum Vitae),
- a cover letter editor,
- certificate supplements,
- diploma supplements, and
- a Europass-Mobility document.
The Europass system makes skills and qualifications clearly and easily understood in the different parts of Europe. In every country of the European Union and the European Economic Area, national Europass centres have been established as the primary contact points for people seeking for information about the Europass system.
En España la edad mínima para trabajar son los 16 años con una autorización de los padres o tutores hasta los 18 años.
Pero se prohíbe a los menores de 18 años la realización de trabajos nocturnos, de horas extraordinarias y otras actividades consideradas insalubres, penosas, nocivas o peligrosas.
Excepcionalmente, los menores de 16 años podrán intervenir en espectáculos públicos, siempre que ello no suponga peligro para su salud ni para su formación.
El contrato de trabajo puede formalizarse por escrito o de palabra (en determinadas circunstancias. Cualquier contrato (excepto el de Formación), podrá concertarse a jornada completa o a tiempo parcial.
Tipos de contrato: Desde la reforma laboral de 2023, son:
- Contrato de trabajo indefinido.
- Contratos de trabajo indefinidos adscritos a obra.
- Contrato de trabajo temporal.
- Desaparición del contrato por obra y servicio determinado.
- Contrato por circunstancias de la producción.
- Contrato por sustitución de persona trabajadora.
- Contrato de trabajo fijo discontinuo.
Tipos de Contrato de trabajo formativos:
Contrato de trabajo indefinido
El contrato fijo indefinido se establece sin límite de tiempo y dentro del mismo encontramos varias tipologías como el contrato para personas con discapacidad, el de Alta dirección o el de Trabajadores en situación de exclusión social por empresas de inserción, entre otros.
Aspectos relevantes en la concreción del contrato laboral indefinido son el periodo establecido para encadenar contratos y pasar a ser indefinido, que se limita a 18 meses (en 24 meses).
Contratos de trabajo indefinidos adscritos a obra
En este caso, el contrato está determinado para servicios o tareas cuya finalidad está vinculada a la construcción. Aquí se especifica que al concluir la obra el empresario tendrá la obligación de realizar una propuesta a la persona trabajadora para su recolocación. Dicha propuesta se debe realizar en un plazo de 5 días y por escrito.
Además, las causas de la extinción del contrato deberán producirse bajo los siguientes supuestos:
- Rechazo de recolocación por parte de la persona trabajadora.
- Falta de cualificación para obra en la provincia.
- Inexistencia de obras en la provincia.
Contrato de trabajo temporal
Las modalidades de contrato de duración determinada se relacionan con las circunstancias de la producción o bien con la sustitución de la persona trabajadora:
Contrato por circunstancias de la producción
Esta modalidad de contrato de trabajo temporal está establecida para situaciones muy concretas, como oscilaciones de la actividad normal. La duración no podrá superar los 6 meses, ampliable a 1 año por convenio del sector.
Contrato por sustitución de persona trabajadora
Se guía por los mismos criterios que el contrato de interinidad con un cambio significativo: el sustituto podrá iniciar la prestación de servicios durante 15 días antes de que se produzca la ausencia de la persona sustituida.
Contrato de trabajo fijo discontinuo
Esta modalidad es la utilizada como referencia para una actividad estacional o de temporada, así como por ETT y contratas y subcontratas. También se contempla para periodos a fecha determinada o indeterminada.
Las personas trabajadoras tienen, mediante el contrato fijo-discontinuo, los mismos derechos que en el indefinido, entre ellos, la indemnización por despido.
Tipos de Contrato de trabajo formativos
Existen dos tipos de contratos formativos
- Contrato de formación en alternancia.
- Contrato para la práctica profesional.
Puntos clave en ambos contratos formativos:
Acción de la Seguridad Social: comprende desde contingencias y prestaciones, hasta el desempleo y Fondo de Garantía Social.
Adopción, nacimiento, incapacidad temporal o riesgo durante el embarazo causan la interrupción del cómputo de tiempo de la duración del contrato.
El convenio colectivo de ámbito sectorial estatal o autonómico: determina aspectos tales como actividades, niveles o grupos profesionales o puestos de trabajo.
El contrato incluye obligatoriamente el plan formativo individual, especificando el contenido de las prácticas o las actividades de tutoría.
Se establecen, una serie de bonificaciones en los contratos, de carácter específico para la formación y el aprendizaje.
Contrato de formación en alternancia
El objeto de este tipo de contrato es simultanear el proceso formativo con la actividad laboral retribuida. El ámbito de actuación es la formación profesional, estudios universitarios o catálogo de especialidades en el Sistema Nacional de Empleo. Aspectos relevantes en este tipo de contrato,
La duración mínima del contrato: de 3 meses, con un máximo de 2 años.
El tiempo de trabajo efectivo: no puede superar el 65% de la jornada máxima durante el primer año, y el 85% el segundo.
No genera indemnización a su finalización, y existe una prohibición expresa de realizar horas complementarias y horas extraordinarias salvo fuerza mayor.
Contrato para la práctica profesional
Está dirigido a todas aquellas personas trabajadoras que están en posesión de un título universitario, máster profesional, certificado del sistema de formación profesional o título de grado medio o superior. Los cambios más significativos:
- No puede tener una duración inferior a 6 meses ni mayor a un año en la misma o distinta empresa.
- El tiempo establecido puede ser completo o parcial.
- No se puede realizar horas extras, si bien sí que son posibles las complementarias.
- La retribución queda contemplada en el convenio.
Trabajo estacional
España ha sido durante años, uno de los países de la OECD con mayor tasa de temporalidad y con una gran proporción de contratos de 6 meses o menos. Según Eurostat, los asalariados de mediana edad (25-49 años) en España tenían una tasa de temporalidad de 28 % frente al 13,1 % de la UE. En marzo de 2022 entró en vigor la nueva regulación laboral que pretende reformar estructuralmente el mercado laboral. La nueva norma permitirá cimentar un mercado laboral en el que la temporalidad se sitúe, por primera vez, en el entorno de los estándares europeos.
HORECA:
El sector del Turismo en España tiene un peso muy importante dentro de la economía (12,8 % del PIB en 2023) pero su actividad es mayormente estacional, comenzando en Semana Santa y finalizando en septiembre/octubre dentro de la península (Las Islas Canarias tienen una temporada más larga).
Las personas trabajadoras de este sector son mayoritariamente eventuales y suelen estar contratadas bajo la modalidad de “eventual”, “obra o servicio” o “Fijo discontinuo”. Pueden consultarse en este enlace las modalidades de contratación:
https://www.sepe.es/HomeSepe/empresas/Contratos-de-trabajo/modelos-contrato.html
AGRICULTURA:
A pesar de que la Agricultura ha disminuido su peso dentro de la economía española (2,34 del PIB en 2022), podemos destacar algunas Comunidades Autónomas con gran tradición en esta actividad: Andalucía, Región de Murcia, C. Valenciana y Extremadura. A los temporeros y temporeras se les suele hacer un contrato “eventual”.
El gobierno español ha convocado unas subvenciones para la ordenación de flujos migratorios y laborales de trabajadores migrantes en las campañas agrícolas de temporada, que pueden consultarse aquí:
SERVICIO CONECTA
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación dispone de un servicio de atención telefónica para facilitar los desplazamientos internacionales de empresarios y trabajadores. A través de una plataforma telefónica y con una simple llamada al 060 (+34 911252122 desde el extranjero), los usuarios podrán plantear consultas específicas sobre los condiciones y requisitos de entrada de los diferentes países, las medidas sanitarias que se establecen y qué vías se pueden adoptar para flexibilizarlas ante la necesidad de hacer esos viajes.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social Guía laboral | https://www.mites.gob.es/es/guia/texto/index.htm |
El contrato de trabajo se puede formalizar por escrito o de palabra, pero el contrato verbal es poco frecuente. Actualmente solo se permite el contrato verbal de duración inferior a 4 semanas en la categoría de eventual por circunstancias de la producción. Todas las demás variantes serán por escrito. El empresario está obligado a facilitar información al trabajador sobre estos extremos:
- Los datos identificativos de la empresa y del trabajador.
- Domicilio de la empresa y del centro de trabajo. Si es trabajador móvil o itinerante, se hará constar
- La fecha de inicio, y la prevista de finalización en los temporales
- El grupo profesional, así como las características del puesto de trabajo y funciones del trabajador suficientes para saber el trabajo específico que realizará
- El salario base, más complementos salariales, y periodicidad en el pago
- La jornada de trabajo y su distribución
- Duración de las vacaciones., y el porqué de su asignación en algunos supuestos etc.
- Plazos de preaviso mutuo para la extinción de la relación.
- El convenio colectivo aplicable.
Una vez firmado el contrato por ambas partes el empresario comunica a los Servicios Públicos de Empleo el contenido del contrato o las prórrogas de los mismos, pudiéndose hacer por medios telemáticos a través de la aplicación contrat@.
Se puede establecer en el contrato un período de prueba. La duración máxima de este periodo es de 6 meses para los técnicos titulados y 2 meses para el resto de los trabajadores.
Durante el mismo, tanto el trabajador como el empresario pueden dar por finalizada la relación laboral sin alegar causa alguna, sin preaviso y sin indemnización.
El período de prueba se computa a efectos de antigüedad y durante el mismo se tienen los mismos derechos y obligaciones que los demás trabajadores.
Las condiciones de la relación de trabajo pueden verse modificadas durante la relación laboral, sin embargo, los empresarios deben cumplir los requisitos y procedimientos establecidos en la legislación laboral. Estas modificaciones se concretan en la movilidad funcional, geográfica y en la modificación substancial de las condiciones de trabajo.
El trabajador tiene derecho a extinguir su contrato si no está de acuerdo con este desplazamiento, o con la modificación substancial de sus condiciones laborales, con derecho a recibir una indemnización de 20 días por año
Cuando se produzca cualquiera de los anteriores tipos de modificación en las condiciones de trabajo es recomendable dirigirse de inmediato a los representantes sindicales en la empresa o a los sindicatos.
Enlaces
Título/nombre | URL |
https://www.mites.gob.es/es/guia/texto/index.htm |
Trabajo de menores
La legislación española prohíbe el trabajo de los menores de 16 años. El contrato de trabajo celebrado por un menor de 16 años es nulo. El incumplimiento de las normas sobre trabajo de menores se considera infracción muy grave del empresario.
Los mayores de 16 y menores de 18 años que no estén emancipados, necesitan el consentimiento de sus padres o tutores. No obstante, se prohíbe a los menores de 18 años la realización de trabajos nocturnos y de horas extraordinarias y de otras actividades que el Gobierno declare insalubres, penosas, nocivas o peligrosas.
En casos excepcionales, la autoridad laboral podrá autorizar por escrito y para actos determinados la intervención de menores de 16 años en espectáculos públicos siempre que no suponga peligro para su salud física ni su formación.
Mujeres embarazadas
Existe una protección especial ya que pueden solicitar la suspensión del contrato por riesgo del embarazo cuando no sea posible un cambio de puesto de trabajo o función.
Discapacitados
En el ámbito laboral, para responder a la especial dificultad que las personas con discapacidad encuentran en su búsqueda de empleo, el gobierno incentivo con bonificaciones y subvenciones a las empresas que las contraten. Las comunidades autónomas establecen también distintos programas de ayuda a este colectivo. Así, La empresa que contrate a una persona con discapacidad podrá solicitar ayudas destinadas a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de equipos de protección, además de una bonificación en la Seguridad Social. Estas bonificaciones son las más elevadas en relación con otros colectivos, y tienen en cuenta a la vez todas las variables a considerar: el sexo, la edad, el tipo y el grado de discapacidad.
Por otro lado, se establece por ley que las empresas públicas y privadas de 50 o más trabajadores, están obligadas a que al menos el 2% de su plantilla sean trabajadores con discapacidad.
Se considera persona con discapacidad aquella que tenga reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33. Es competencia de la Comunidad Autónoma o del IMSERSO el reconocimiento del grado de minusvalía.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Estatuto de los trabajadores | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430 |
Servicio Público de Empleo Estatal | https://www.sepe.es/HomeSepe/empresas/Contratos-de-trabajo/contratacion… |
Autónomo o trabajador por cuenta propia, es la persona que realiza su trabajo independiente, fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, y que puede tener o no más personas contratadas laboralmente.
Para iniciar su actividad como trabajador autónomo se necesitan una serie de trámites previos:
- Alta de Inicio de Actividad en la Delegación de Hacienda de cada provincia.
- Alta, en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social en la Tesorería General de la Seguridad Social en cada provincia.
- En su caso, inscripción de patentes, modelos, diseños industriales. nombre, rótulo y marca comercial en el registro de la propiedad industrial.
- En caso de apertura de un local, hay que pedir una licencia municipal y comunicar la apertura del centro de trabajo a la autoridad laboral de la Comunidad Autónoma.
En la actualidad existen tanto a nivel estatal, autonómico como local, numerosos planes y programas de fomento del autoempleo y el emprendimiento, incluyendo asesoramiento, formación, subvenciones financieras, de asistencia técnica, para formación, para apertura y establecimiento, y para colectivos específicos como jóvenes menores de 30, desempleados de larga duración, mujeres desempleadas, etc.
Desde 2010 los autónomos pueden recibir el “desempleo del autónomo”. Para tener derecho a esta prestación económica, se requiere un periodo mínimo de cotización inmediatamente anterior al cese de actividad de 12 meses en los últimos 24 meses
Enlaces
Título/nombre | URL |
Servicio Público de Empleo Estatal | https://www.sepe.es/HomeSepe/autonomos.html https://www.sepe.es/HomeSepe/autonomos/prestaciones-para-emprendedores-… |
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social | http://www.mitramiss.gob.es/es/Guia/texto/index.htm |
El Gobierno regula anualmente el «Salario Mínimo Interprofesional- S.M.I.», la cantidad mínima que percibe el trabajador en cualquier actividad de la agricultura, industria o servicios, sin distinción de sexo, edad, trabajos fijos, o eventuales. Es ilícito contratar a un trabajador por un salario inferior al mismo.
El SMI 2024 se sitúa en 1.134 euros brutos mensuales repartidos en 14 pagas. Así pues, al día la cuantía del salario mínimo en España es de 37,80 euros, en el caso de temporeros o trabajadores eventuales, 53,71 euros brutos/día, y en las empleadas del hogar 8,87 euros/hora.
Estas cantidades se incrementan con los complementos salariales que correspondan.
Estas cuantías de S.M.I., son siempre superadas por Convenio Colectivo o acuerdo con la empresa.
El salario se compone de:
- El salario base.
- Complementos salariales por el puesto de trabajo: penosidad, toxicidad, peligrosidad, turnos, trabajo nocturno, por la situación de la empresa, primas por producción o calidad, participación de beneficios, etc., antigüedad en la empresa, localización del puesto de trabajo en las islas.
- Pagas extraordinarias: los trabajadores tienen derecho anualmente, al menos, a dos pagas extraordinarias: su cuantía se pacta por convenio colectivo o por acuerdo entre empresario y representante de los trabajadores; normalmente se paga una por Navidad y otra en el mes de Julio. También pueden prorratearse mensualmente si se acuerda.
El pago del salario se realiza en la mayoría de los casos, mensualmente, nunca por periodos superiores al mes El empresario debe entregar al trabajador un recibo del salario (nómina), en el que se indiquen con claridad los datos de la empresa y trabajador, salario, y deducciones (incluye la aportación del trabajador a las cuotas de Seguridad Social y retención del IRPF).
El empresario es el responsable del ingreso de las cotizaciones, por lo tanto, efectúa la correspondiente retención del impuesto de la renta (IRPF) y las cotizaciones a la Seguridad Social que correspondan legalmente.
La retención del IRPF depende de las retribuciones, de las circunstancias personales y familiares (hijos y personas dependientes del trabajador). Es obligación del trabajador comunicar y acreditar al empresario los datos precisos para que este pueda practicar la correspondiente retención.
Las cotizaciones a la Seguridad Social por parte de los trabajadores son aproximadamente del 6.35%.
Garantía de los salarios: Existe un organismo (FOGASA) que garantiza a los trabajadores la percepción de salarios, así como las indemnizaciones por despido o extinción de la relación laboral.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social | http://www.mitramiss.gob.es/es/Guia/texto/index.htm |
JORNADA ORDINARIA Y DESCANSOS
La duración de la jornada de trabajo será la pactada en los convenios colectivos o en el propio contrato de trabajo. En cualquier caso, la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de 40 horas semanales de promedio en cómputo anual.
La jornada laboral ordinaria debe distribuirse diariamente de la forma regular. Sin embargo, mediante convenio colectivo o, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se podrá pactar una distribución irregular de la jornada a lo largo del año, respetando los períodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la Ley.
Así, como regla general el número de horas de trabajo no puede ser superior a 9 diarias, (8 para los trabajadores menores de 18 años), y debe establecerse un período de descanso durante la misma de duración no inferior a quince minutos (30 minutos para los menores de 18 años).
Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente deben transcurrir, como mínimo, doce horas
Los trabajadores tienen derecho a un descanso mínimo semanal, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, incluye la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo.
La duración del descanso semanal de los menores de dieciocho años será, como mínimo, de dos días ininterrumpidos.
Los menores de 18 años no pueden realizar trabajos nocturnos.
La ley prevé ampliaciones y reducciones de jornada por sectores y peculiaridades del trabajo y en función de determinados colectivos.
También se contempla la posibilidad de reducción de la jornada laboral de los trabajadores por motivos familiares, para las víctimas de violencia de género y para las víctimas de terrorismo.
Horas extraordinarias
Son las que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria. Estas horas extraordinarias serán voluntarias, salvo pacto individual o colectivo, o cuando sean necesarias para prevenir o reparar siniestros u otros daños extraordinarios o urgentes.
Se prohíben en período nocturno, salvo en actividades especiales expresamente autorizadas. Igualmente se prohíbe su realización a menores de 18 años.
Las horas extraordinarias pueden pagarse o compensarse con tiempo de descanso.
El número máximo de horas extraordinarias que puede realizar un trabajador es de 80 al año Si el trabajador tiene una jornada inferior a la jornada general en la empresa, el límite de horas se reduce proporcionalmente.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social | http://www.mitramiss.gob.es/es/Guia/texto/index.htm |
Vacaciones anuales
El período de vacaciones anuales, se pacta individualmente o en convenio colectivo, sin que en ningún caso pueda ser inferior a 30 días naturales.
El disfrute de las vacaciones no puede ser sustituido en ningún caso por una compensación económica.
El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa, en la medida de lo posible, de común acuerdo entre el trabajador y el empresario.
Permisos retribuidos
En junio 2023 se han incorporado, modificado y cambiado algunos permisos, para conseguir una mejor conciliación laboral y familiar de las familias y cuidadores, en sintonía con los otros países de la UE. El trabajador podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por algunos de los motivos y por el tiempo siguiente:
- Matrimonio, o constitución de pareja de hecho, 15 días naturales.
- Fallecimiento, accidente o enfermedad graves, u hospitalización de familiares, 5 días naturales
- Traslado de domicilio, 1 día.
- Pruebas y exámenes previos al parto, y procesos formativos previos a un proceso de adopción o acogimiento, el tiempo necesario cuando coincidan con horario laboral.
- Por parto prematuro que implique la hospitalización del recién nacido, una hora de la jornada diaria.
- Los trabajadores por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a 1 hora diaria de ausencia del trabajo, o media hora si se disfruta al principio o al final de la jornada Este permiso podrá ser disfrutado bien por la madre bien por el padre, si los dos trabajan.
- Por guarda legal de un menor de 12 años o persona con discapacidad, reducción entre un octavo y la mitad de la jornada.
- Para cumplir obligaciones públicas y personales (participar en un jurado, asistir a un juicio etc.), el tiempo necesario.
- Para realizar funciones sindicales o de representación de trabajadores: las establecidas por ley o convenio colectivo.
En todos estos casos, para ejercer el derecho a ausentarse, el trabajador debe avisar al empresario con antelación y justificar su ausencia.
Fiestas laborales
Se fijan anualmente.
Se establecen 14 al año, de las cuales 2 serán locales. En cualquier caso, se respetarán como fiestas de ámbito nacional las de Navidad, Año Nuevo, 1 de mayo como fiesta del Trabajo y 12 de octubre como Fiesta Nacional de España.
Si el día festivo coincide con el domingo, el descanso se traslada al lunes siguiente.
Licencias sin sueldo
Son periodos de trabajo sin retribución económica que el empleado solicita y que el empresario puede conceder o no, pero siempre se establecerán en acuerdo individual o colectivo.
Las licencias sin sueldo no están reguladas legalmente.
Baja por enfermedad
Se protege la situación del trabajador que temporalmente no puede trabajar y necesita asistencia médica por enfermedad o accidente, En estos casos el trabajador cobraría al menos el 60% de sus ingresos. Normalmente es el empresario quien paga al trabajador este subsidio de incapacidad transitoria, que la Seguridad Social reintegra a la empresa. Su duración máxima es de 18 meses, tras lo cual, se revisará su situación.
Maternidad y Paternidad
La suspensión por maternidad tendrá una duración de dieciséis semanas ininterrumpidas, (dos semanas más por cada hijo a partir del segundo en caso de parto múltiple). Este período se distribuye como la madre desee, siempre que seis semanas sean inmediatamente posteriores al parto. Independientemente de estas 6 semanas de descanso postparto obligatorio para la madre, si ambos padres trabajan, podrá ser el padre quien disfrute de una parte determinada del período de descanso.
Incorporado desde 2019, en el caso de nacimiento, el otro progenitor contará con un periodo de suspensión igual al de la madre biológica de las cuales las cuatro primeras, deberá disfrutarlas inmediatamente tras el parto.
En caso de adopción o acogimiento, cada progenitor dispondrá de un periodo de suspensión de 16 semanas
Excedencias
Se entiende por excedencia la situación de suspensión del contrato de trabajo a solicitud del trabajador. Así, éste no trabajará ni tampoco percibirá remuneración. la ley contempla 4 tipos de excedencia:
- Forzosa: Para ejercer un cargo público o realizar funciones sindicales de ámbito provincial o superior. Se tiene que conceder obligatoriamente, y el trabajador tiene derecho a reserva de su puesto de trabajo.
- Voluntaria: Es necesario tener una antigüedad mínima de un año en la empresa. No se reconoce derecho a reserva del puesto de trabajo, sino la preferencia de ingreso cuando haya una vacante. Su duración será entre 4 meses y cinco años.
- Excedencia por cuidado de familiares: Se puede solicitar por una duración máxima de tres años, para el cuidado de cada hijo. También se tendrá derecho a una excedencia de 2 años, ampliable en convenio colectivo, para el cuidado de un familiar que no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.
- Pactada: Por acuerdo entre empresa y trabajado la extinción del contrato de trabajo es la más flexible y dependerá del pacto al que se llegue.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Estatuto de los trabajadores | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430 |
Cuando la relación laboral termina, el empresario debe entregar al trabajador: el certificado de empresa y los documentos de cotización (el trabajador tendrá que presentarlos en caso de solicitar la prestación por desempleo). También le entregará el llamado finiquito, que es un documento de liquidación de las cantidades que le adeude. Tanto empresario como trabajador, en caso de pretender la finalización del contrato, están obligados a avisar a la otra parte, con la antelación prevista en el contrato o en convenio colectivo (preaviso)
El contrato de trabajo puede extinguirse por alguna de estas causas:
- Acuerdo entre las partes
- Causas determinadas en el contrato
- Finalización del tiempo convenido o realización de la obra o servicio
- Dimisión del trabajador
- Muerte, gran invalidez o incapacidad o jubilación del trabajador o del empresario
- Fuerza mayor
- Despido individual o colectivo
- Por decisión de la trabajadora obligada a este abandono por ser víctima de violencia de género.
- A solicitud del trabajador por incumplimiento contractual del empresario.
En los contratos de duración determinada, excepto los contratos de substitución y formativos, el trabajador tendrá derecho a una indemnización de 12 días de salario por año de servicio, para contratos temporales celebrados a partir de enero de 2015.
Si el empresario decide dar por terminada la relación laboral y el trabajador no está de acuerdo, deberá demandar a la empresa.
Acto de conciliación: Es un requisito previo a la demanda judicial. El trabajador tiene un plazo de veinte días hábiles (excluidos sábados, domingos y festivos) desde el momento del despido para solicitar la conciliación ante el organismo de la administración laboral competente El acto de conciliación puede acabar en un acuerdo de reincorporar al trabajador o de darle una indemnización o sin acuerdo.
Demanda: Si no se llega a un acuerdo, el trabajador presentará demanda ante el Juzgado de lo Social, y será este tribunal quien decida.
Jubilación
Como norma general la edad de jubilación se establece a los 67 años o a los 65 años si se tienen cotizados 38 años y 6 meses. Estas edades de jubilación y el período de cotización se aplican de forma gradual desde enero de 2013, manteniéndose la edad de 65 años a quienes sea de aplicación la legislación anterior.
En algunos casos se facilita a los trabajadores con menos de 65 años la jubilación anticipada.
Se prevé también la posibilidad de una jubilación parcial a partir de los 60 años, en determinados casos.
Para tener derecho a la pensión de jubilación se necesita haber cotizado como mínimo 15 años. La cuantía de la pensión de jubilación varía en función de los años cotizados por el trabajador y dentro de unos límites.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social Guia laboral | https://www.mites.gob.es/es/guia/texto/index.htm |
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social Seguridad Social | https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/44539… |
En España se reconoce el derecho a sindicarse de todos los trabajadores, excepto a los militares ni a los miembros de la Judicatura en activo, y la representatividad de los trabajadores a través de los sindicatos legalmente constituidos. Los sindicatos negocian los salarios y condiciones de trabajo (jornada, descansos, vacaciones, licencias, capacitación profesional, protección de la salud, formación, etc.) mediante la negociación colectiva.
La afiliación a un sindicato es voluntaria por parte de los trabajadores por cuenta ajena, autónomos y trabajadores en situación de desempleo.
En España existen sindicatos mayoritarios que agrupan amplios colectivos y sectores de actividad en general, y sindicatos corporativos, cada vez más extendidos, que tienden a profesionalizarse y que se organizan por sectores de actividad.
El derecho a la participación de los trabajadores en la empresa se lleva a cabo fundamentalmente a través de los delegados de personal (en centros de trabajo entre 10 y 50 trabajadores) y, comités de empresa (en centros de 50 o más trabajadores).
Los Colegios Profesionales y Asociaciones empresariales representan los derechos de las empresas y personas dedicadas al ejercicio libre de la profesión, autónomos o trabajadores independientes. Estos colectivos también son representados por las Cámaras de Comercio que, a su vez ofrecen asesoramiento jurídico, orientación sobre nuevas profesiones y perfiles profesionales, informes sobre la economía y mercados de trabajo, bolsas de empleo, así como servicios a los demandantes de empleo.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Representacion sindical | https://administracion.gob.es/pag_Home/Tu-espacio-europeo/derechos-obli… |
Representacion empresarial | https://www.mites.gob.es/es/guia/texto/guia_11/contenidos/guia_11_23_5… |
La Constitución Española reconoce el derecho de los trabajadores y de los empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo, que es una manifestación de las discrepancias laborales entre ambas partes y que afecta a los intereses generales de los trabajadores. Podrán promover el conflicto colectivo tanto los representantes de los trabajadores y sindicatos como los empresarios y sus representantes (asociaciones empresariales).
Se entiende por huelga la suspensión de la prestación de trabajo llevada a cabo de forma colectiva y de común acuerdo por los trabajadores para reivindicar mejoras en las condiciones de trabajo o expresar una protesta. Es la medida de presión más radical por parte de estos.
El ejercicio del derecho de huelga no extingue la relación de trabajo. Los trabajadores no podrán ser sancionados por ponerse en huelga ni sustituidos por otros.
Se respetará la libertad de trabajo de aquellos trabajadores que no quieran sumarse a la huelga. Asimismo, algunos trabajadores podrán estar obligados a continuar su actividad, si tienen que atender servicios esenciales, o de seguridad o mantenimiento de la empresa (Servicios Mínimos).
El cierre patronal es el cierre del centro de trabajo decidido por el empresario, en caso de huelga o cualquier otra modalidad de irregularidad colectiva en el régimen de trabajo, cuando se prevea riesgo para las personas o bienes, por ocupación ilegal del centro de trabajo o por inasistencia o irregularidades en el trabajo que impidan el normal proceso de producción.
Efectos de la huelga y del cierre patronal
Durante la huelga o el cierre patronal, el contrato se considera en suspenso y el trabajador no tendrá derecho al salario y se encontrará en situación de alta especial en la Seguridad Social.
El trabajador no tendrá derecho a prestación económica por incapacidad temporal que se inicie durante la huelga ni a la prestación por desempleo.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Conflictos laborales | https://www.mites.gob.es/es/guia/pdfs/Guia_Laboral_2023.pdf#page=518 |
The term Vocational Education and Training refers to practical activities and courses related to a specific occupation or vocation, aimed at preparing participants for their future careers. Vocational training is an essential means to achieve professional recognition and improve chances to get a job. It is therefore vital that vocational training systems in Europe respond to the needs of citizens and the labour market in order to facilitate access to employment.
Vocational education and training has been an essential part of EU policy since the very establishment of the European Community. It is also a crucial element of the so-called EU Lisbon Strategy, which aims at transforming Europe into the world’s most competitive and dynamic knowledge-based society. In 2002 the European Council reaffirmed this vital role, and established yet another ambitious goal – to make European education and training renowned globally by the year 2010 – by championing a number of world-class initiatives, and in particular by strengthening cooperation in the area of vocational training.
On 24 November 2020, the Council of the European Union adopted a Recommendation on vocational education and training for sustainable competitiveness, social fairness and resilience.
The Recommendation defines key principles for ensuring that vocational education and training is agile in that it adapts swiftly to labour market needs and provides quality learning opportunities for young people and adults alike.
It places a strong focus on the increased flexibility of vocational education and training, reinforced opportunities for work-based learning, apprenticeships and improved quality assurance.
The Recommendation also replaces the EQAVET – European Quality Assurance in Vocational Education and Training – Recommendation and includes an updated EQAVET Framework with quality indicators and descriptors. It repeals the former ECVET Recommendation.
To promote these reforms, the Commission supports Centres of Vocational Excellence (CoVEs) which bring together local partners to develop ‘skills ecosystems'. Skills ecosystems will contribute to regional, economic and social development, innovation and smart specialisation strategies.
Erasmus+ is the EU's programme to support education, training, youth and sport in Europe.
It has an estimated budget of €26.2 billion. This is nearly double the funding compared to its predecessor programme (2014-2020).
The 2021-2027 programme places a strong focus on social inclusion, the green and digital transitions, and promoting young people’s participation in democratic life.
It supports priorities and activities set out in the European Education Area, Digital Education Action Plan and the European Skills Agenda. The programme also
- supports the European Pillar of Social Rights
- implements the EU Youth Strategy 2019-2027
- develops the European dimension in sport
Who can take part? Find out here.
Adult Education and Lifelong Learning in Europe
Lifelong learning is a process that involves all forms of education – formal, informal and non-formal – and lasts from the pre-school period until after retirement. It is meant to enable people to develop and maintain key competencies throughout their life as well as to empower citizens to move freely between jobs, regions and countries. Lifelong learning is also a core element of the previously mentioned Lisbon Strategy, as it is crucial for self-development and the raising of competitiveness and employability. The EU has adopted several instruments for the promotion of adult education in Europe.
A European area of lifelong learning
In order to make lifelong learning a reality in Europe, the European Commission has set itself the objective of creating a European Area of Lifelong Learning. In this context, the Commission focuses on identifying the needs of both learners and the labour market in order to make education more accessible and subsequently create partnerships between public administrations, suppliers of educational services and civil society.
This EU initiative is based on the objective of providing basic skills – by strengthening counselling and information services at a European level, and by recognising all forms of learning, including formal education and informal and non-formal training.
EU organisations promoting vocational education in Europe
With the objective of facilitating cooperation and exchange in the field of vocational training, the EU has set up specialised bodies working in the field of VOCATIONAL TRAINING.
The European Centre for Vocational Training (CEDEFOP / Centre Européen pour le Développement de la Formation Professionnelle) was created in 1975 as a specialised EU agency for the promotion and development of vocational education and training in Europe. Based in Thessaloniki, Greece, it carries out research and analysis on vocational training and disseminates its expertise to various European partners, such as related research institutions, universities or training facilities.
The European Training Foundation was established in 1995 and works in close collaboration with CEDEFOP. Its mission is to support partner countries (from outside the EU) to modernise and develop their systems for vocational training.
Quality of life – on top of the EU social policy agenda
Favourable living conditions depend on a wide range of factors, such as quality healthcare services, education and training opportunities or good transport facilities, just to name a few aspects affecting citizens’ everyday life and work. The European Union has set for itself the aim to constantly improve the quality of life in all its Member States, and to take into account the new challenges of contemporary Europe, such as socially exclude people or an aging population.
Employment in Europe
Improving employment opportunities in Europe is a key priority for the European Commission. With the prospect of tackling the problem of unemployment and increasing the mobility between jobs and regions, a wide variety of initiatives at EU level are being developed and implemented to support the European Employment strategy. These include the European Employment Services network (EURES) and the EU Skills Panorama.
Health and healthcare in the European Union
Health is a cherished value, influencing people’s daily lives and therefore an important priority for all Europeans. A healthy environment is crucial for our individual and professional development, and EU citizens are ever more demanding about health and safety at work and the provision of high quality healthcare services. They require quick and easy access to medical treatment when travelling across the European Union. EU health policies are aimed at responding to these needs.
The European Commission has developed a coordinated approach to health policy, putting into practice a series of initiatives that complement the actions of national public authorities. The Union’s common actions and objectives are included in EU health programmes and strategies.
The current EU4Health Programme (2021-2027) is the EU’s ambitious response to COVID-19. The pandemic has a major impact on patients, medical and healthcare staff, and health systems in Europe. The new EU4Health programme will go beyond crisis response to address healthcare systems’ resilience.
EU4Health, established by Regulation (EU) 2021/522, will provide funding to eligible entities, health organisations and NGOs from EU countries, or non-EU countries associated to the programme.
With EU4Health, the EU will invest €5.3 billion in current prices in actions with an EU added value, complementing EU countries’ policies and pursuing one or several of EU4Health´s objectives:
- To improve and foster health in the Union
- disease prevention & health promotion
- international health initiatives & cooperation
- To tackle cross-border health threats
- prevention, preparedness & response to cross-border health threats
- complementing national stockpiling of essential crisis-relevant products
- establishing a reserve of medical, healthcare & support staff
- To improve medicinal products, medical devices and crisis-relevant products
- making medicinal products, medical devices and crisis-relevant products available and affordable
- To strengthen health systems, their resilience and resource efficiency
- strengthening health data, digital tools & services, digital transformation of healthcare
- improving access to healthcare
- developing and implementing EU health legislation and evidence-based decision making
- integrated work among national health systems
Education in the EU
Education in Europe has both deep roots and great diversity. Already in 1976, education ministers decided to set up an information network to better understand educational policies and systems in the then nine-nation European Community. This reflected the principle that the particular character of an educational system in any one Member State ought to be fully respected, while coordinated interaction between education, training and employment systems should be improved. Eurydice, the information network on education in Europe, was formally launched in 1980.
In 1986, attention turned from information exchanges to student exchanges with the launch of the Erasmus programme, now grown into the Erasmus+programme, often cited as one of the most successful initiatives of the EU.
Transport in the EU
Transport was one of the first common policies of the then European Community. Since 1958, when the Treaty of Rome entered into force, the EU’s transport policy has focused on removing border obstacles between Member States, thereby enabling people and goods to move quickly, efficiently and cheaply.
This principle is closely connected to the EU’s central goal of a dynamic economy and cohesive society. The transport sector generates 10% of EU wealth measured by gross domestic product (GDP), equivalent to about one trillion Euros a year. It also provides more than ten million jobs.
The Schengen area
The Schengen Convention, in effect since March 1995, abolished border controls within the area of the signatory States and created a single external frontier, where checks have to be carried out in accordance with a common set of rules.
Today, the Schengen Area encompasses most EU countries, except for Bulgaria, Croatia, Cyprus, Ireland and Romania. However, Bulgaria, Croatia and Romania are currently in the process of joining the Schengen Area and already applying the Schengen acquis to a large extent. Additionally, also the non-EU States Iceland, Norway, Switzerland and Liechtenstein have joined the Schengen Area.
Air transport
The creation of a single European market in air transport has meant lower fares and a wider choice of carriers and services for passengers. The EU has also created a set of rights to ensure air passengers are treated fairly.
As an air passenger, you have certain rights when it comes to information about flights and reservations, damage to baggage, delays and cancellations, denied boarding, compensation in the case of accident or difficulties with package holidays. These rights apply to scheduled and chartered flights, both domestic and international, from an EU airport or to an EU airport from one outside the EU, when operated by an EU airline.
Over the last 25 years the Commission has been very active in proposing restructuring the European rail transport market and in order to strengthen the position of railways vis-à-vis other transport modes. The Commission's efforts have concentrated on three major areas which are all crucial for developing a strong and competitive rail transport industry:
- opening the rail transport market to competition,
- improving the interoperability and safety of national networks and
- developing rail transport infrastructure.
España es una monarquía parlamentaria, en la que el Rey es el jefe del Estado, pero es el Gobierno (Presidente y Consejo de Ministros) quien dirige la política interior y exterior, de acuerdo con la Constitución y las leyes.
El Parlamento español, denominado Cortes Generales, representa al pueblo español y tiene dos cámaras, el Congreso y el Senado. Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que le atribuye la Constitución. Las elecciones a Cortes Generales se celebran cada 4 años, o antes en caso de elecciones anticipadas. En las elecciones generales pueden votar todos los ciudadanos españoles mayores de 18 años, tanto si residen en España como en el extranjero.
El Estado español está formado por 17 Comunidades Autónomas y dos ciudades autónomas (Ceuta y Melilla). Cada Comunidad Autónoma posee su propio Gobierno y Parlamento, y amplias competencias. Las Leyes son promulgadas por las Cortes Generales y por los Parlamentos de las Comunidades Autónomas, cuyos procesos de elección tienen las mismas características que las elecciones generales.
Las personas que se encuentran en España están sujetas a la legislación española. El derecho español es similar, por ejemplo, al francés o el alemán basados en el derecho romano, distinto, por tanto, del sistema angloamericano.
De la administración de justicia se encargan los juzgados y tribunales con diferentes jurisdicciones y competencias: asuntos civiles, penales, sociales y administrativos. Los abogados se encargan de la defensa de sus clientes y los procuradores de los trámites judiciales. Las personas con bajos ingresos tienen derecho a asistencia jurídica gratuita.
La legislación laboral y de Seguridad Social es única y común para todo el Estado, limitándose las Comunidades Autónomas a su ejecución.
El Sistema Nacional de Empleo es el conjunto de estructuras, medidas y acciones necesarias para promover y desarrollar la política de empleo, cuya ejecución es descentralizada y ajustada a las diferentes realidades territoriales. Sus pilares básicos son, por una parte, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y, por otra, los Servicios Públicos de Empleo de las diferentes comunidades autónomas, pero en el seno del Sistema Nacional de Empleo, se realiza la coordinación entre todos los agentes intervinientes.
El SEPE es competente para gestionar las prestaciones por desempleo, así como para desarrollar, ordenar y hacer el seguimiento de los programas y medidas de las políticas de empleo y coordinar la red territorial. Por otro lado, los Servicios de Empleo Autonómicos son competentes para gestionar la atención a personas desempleadas u ocupadas y a las empresas. La red se completa con un amplio conjunto de instituciones y entidades que colaboran en la prestación de políticas activas de empleo.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Presidencia de Gobierno | www.lamoncloa.gob.es |
Ministerio de Justicia | www.mjusticia.gob.es |
Ministerio de Interior | www.interior.gob.es |
SEPE | www.sepe.es/HomeSepe/que-es-el-sepe |
Todo trabajador percibe un salario consistente en una remuneración periódica, normalmente mensual.
En 2022, el salario medio en España fue de 25353 euros brutos anuales, lo que suponen 2112.76 euros mensuales (si dividimos entre 12 mensualidades). Sin embargo, existen diferencias por regiones, sectores y niveles profesionales.
El empresario efectúa de forma delegada la retención de las cargas fiscales y de Seguridad Social que legalmente procedan sobre los salarios mensuales de los trabajadores. La retención a la Seguridad Social y otros conceptos como el desempleo, puede suponer entre el 6% y el 7% de la nómina. La retención de impuesto sobre la renta (IRPF) varía en función de la situación familiar de la persona trabajadora y de su nivel salarial, además del tipo de contrato que tenga y también de la Comunidad Autónoma de residencia. En el año 2024, las personas que cobren 15.876 euros anuales (salario mínimo interprofesional) están exentas de retención del IRPF en su nómina.
En el caso de contratos temporales inferiores a un año y contratos de prácticas, la retención es del 2%.Si el trabajador no tiene la condición de residente fiscal en España, la retención mínima se eleva al 19% para residentes en países comunitarios y al 24% para el resto de países.
- IMPUESTOS DIRECTOS
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Grava la totalidad de los ingresos obtenidos por los rendimientos del trabajo, de actividades profesionales o empresariales, de las rentas y los derivados del patrimonio.
Su importe viene dado por el volumen de la renta obtenida durante el ejercicio fiscal, que coincide con el año natural, siendo un impuesto progresivo (a mayor renta, mayor porcentaje de gravamen, a partir de un mínimo exento. La obligación de declarar se inicia a partir 22.000 € anuales procedentes de un solo pagador (empleador).
La declaración de este impuesto se hace durante los meses de mayo y junio del año siguiente al ejercicio declarado, y su no presentación, o el hacerlo fuera de plazo, conlleva la imposición de sanciones.
En general, si usted reside en España 183 o más días durante un ejercicio fiscal determinado, deberá declarar aquí por la totalidad de sus rentas, independientemente de donde las haya obtenido. Sin embargo, en la determinación del “domicilio fiscal”, pueden tenerse en cuenta otras consideraciones, como los lazos personales y económicos más estrechos, residencia de familiares, lugar donde se desarrolla la mayor parte del trabajo, etc. por lo que le conviene informarse si tiene dudas.
Si después de haber trabajado en España menos de 183 días, va a trasladarse a otro país del EEE, puede solicitar la devolución de parte de las retenciones que se le hayan efectuado en su nómina. Para ello debe presentar el modelo 215 en la Agencia Tributaria, un certificado de residencia en el país al que se traslada y un certificado de las retenciones practicadas. El plazo para solicitar la devolución es de 4 años. - Impuesto sobre sociedades
Es muy similar al IRPF, pero afecta a personas jurídicas. Actualmente el tipo de gravamen quedará fijado, con carácter general, en el 25%, salvo en los casos en los que sea de aplicación algún tipo de gravamen especial. - Impuesto sobre sucesiones y donaciones
Grava la adquisición de bienes y servicios a título sucesorio o a título gratuito Inter-vivos
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
- IMPUESTOS INDIRECTOS:
- Impuesto sobre el valor añadido (IVA)
Grava las entregas de bienes y las prestaciones de servicios efectuados por empresarios y profesionales, así como las importaciones. El tipo impositivo general es del 21%. Para algunos productos y servicios se reduce al 4% o al 10%. La ley también contempla algunas exenciones de esta carga impositiva. - Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
Grava determinadas transacciones y documentos jurídicos y mercantiles tales como la adquisición de bienes inmuebles y la constitución de hipotecas.
- Impuesto sobre el valor añadido (IVA)
Existen también otros IMPUESTOS ESPECIALES que gravan el consumo de determinados bienes, como el alcohol, el tabaco o los hidrocarburos, entre otros.
Además de estos impuestos Estatales o cedidos total o parcialmente a las Comunidades Autónomas, existen otrosIMPUESTOS LOCALES, cobrados por los municipios como el impuesto sobre bienes inmuebles, o el impuesto de circulación de vehículos.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital | www.mineco.gob.es |
Agencia Tributaria | https://sede.agenciatributaria.gob.es |
Ministerio de Trabajo y Economía Social | https://www.mites.gob.es |
Instituto Nacional de Estadística | www.ine.es |
En términos generales, el nivel de vida en España es aceptable, aunque las crisis encadenadas en los últimos años han impactado en la economía y en algunos servicios públicos. La población goza de servicios como la salud y la educación, de forma universalizada y gratuita o a un coste relativamente bajo.
Para que usted pueda hacerse una idea del coste general de vida en España, hemos seleccionado los siguientes precios de algunos artículos de uso corriente, que lógicamente pueden sufrir alguna variación dependiendo del establecimiento y de la zona geográfica o ciudad de que se trate.
- Barra de pan: 1€-1,30€
- Litro de leche: 0,80€-1,30€
- Docena de huevos: 2,00€-3,50€
- Kg de manzanas: 1,80€
- Kg de tomates: 2€-3,50 €.
- Bote de champú: 3€-5€
- Desodorante: 2€.
- Falda o pantalón: 60€
- Prensa nacional o regional: 1,20€. Domingos 2,20€
- Entrada de cine: 7€-9€
- Café: 1,30€ –1,80€
- Cerveza: 2€-2,50€.
- Hamburguesa: 3€-8€
- Menú del día: a partir de 12€
Precio de transporte en Autobús/Metro en muchas ciudades: Billete sencillo, a partir de 1,50 €. Normalmente, existen tarjetas de transporte o bonos que suponen un ahorro. Por ejemplo, un bono de 10 viajes autobús/metro cuesta alrededor 12.20€.
Los precios de los carburantes están sufriendo variaciones constantemente. El precio de la gasolina y del gasóleo está bastante igualado, situándose entre 1,55 y 1,80€/litro.
En abril de 2024, el Índice de Precios al Consumo (IPC) se sitúa en el 3,3%, 8 décimas por debajo que la tasa de hace un año.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Instituto Nacional de Estadística | www.ine.es |
Organización de Consumidores y Usuarios | www.ocu.org |
Alquilar una vivienda
Para alquilar una vivienda es necesario establecer un contrato de arrendamiento con el propietario. Si bien es válido y legal celebrarlo de palabra, siempre es aconsejable hacerlo por escrito, y en este caso, deben constar en él la identidad del propietario y la del inquilino, una descripción de la vivienda, la duración del contrato, la renta y otras cláusulas que se consideren convenientes.
La duración será la que libremente pacten las partes de acuerdo con sus necesidades. De no decirse nada en el contrato, se entenderá que la duración es de un año. Si el plazo inicialmente pactado fuera inferior a cinco años – cuando el arrendatario sea persona física- o a siete –si fuera persona jurídica- el contrato se prorrogará automática y obligatoriamente por plazos anuales hasta llegar a esos 5 o 7 años, respectivamente.
Esta prórroga no se producirá si el arrendatario (inquilino) comunica al arrendador con al menos 30 días de antelación a la finalización del plazo pactado o de cualquiera de sus prórrogas anuales su intención de no renovar.
Es aconsejable recoger en el contrato cuando empieza a contar el plazo: si desde el día de la fecha del contrato (firma), o desde la ocupación de la vivienda si ésta fuese posterior a dicho día.
En el momento de la celebración del contrato, el inquilino está obligado a entregar al propietario una fianza en metálico equivalente, en general, a una mensualidad. La renta, la cantidad que el inquilino abona al arrendador por el alquiler de la vivienda, se pacta libremente por ambas partes, el pago es mensual y se actualizará conforme al Índice de Precios al Consumo (IPC). Es importante detallar, qué gastos se incluyen o no en esa renta.
El coste del alquiler de vivienda en España varía de una ciudad a otra y es difícil generalizar. Sin embargo, es evidente que los alquileres son más caros en las principales ciudades de Cataluña, País Vasco, Comunidad Valenciana, Baleares y Canarias, además de Madrid. En general, vivir en el centro de una de las ciudades principales, resultará más caro que en los barrios o ciudades de alrededor, normalmente muy bien conectados por trenes o por bus, que fácilmente realizan el traslado en no más de 30 minutos hasta el centro de la ciudad.
Fuera de una ciudad, el precio del alquiler de un apartamento de una habitación se encuentra entre 400 y 900 euros. Si el piso es de dos habitaciones, la cifra se puede estimar entre 500 y 1000 euros. En el centro de una ciudad, estos precios subirán un 25%. Alquilar una habitación sencilla puede costar entre 200 y 300 euros mensuales, sin contar los gastos relacionados con el pago proporcional de servicios de luz, agua, gas, y teléfono, que se suelen pagar bimestralmente.
Comprar una vivienda
Si se va a comprar una propiedad, la compra se tendrá que hacer ante un notario. Cualquier Banco o Caja de Ahorros le informará sobre el coste de las hipotecas y sus trámites.
Los precios de la vivienda en España son bastante elevados, habiendo diferencias sustanciales entre los distintos territorios del país. Puede pedir información a la Sociedad de Tasación, que publica semestralmente un Boletín con los precios medios de viviendas, estadísticas sobre la evolución de los precios y previsiones.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana | https://www.mitma.gob.es |
Sociedad de Tasación | www.st-tasacion.es |
En España, los servicios de asistencia sanitaria se prestan a través tanto de hospitales públicos (pertenecientes a la Seguridad Social) como privados, así como en los Centros de Salud (locales) para la Atención Primaria.
Sanidad pública.
El estado español cubre las necesidades sanitarias y farmacéuticas de todos sus ciudadanos mediante el Sistema Nacional de Salud, financiado a través las cotizaciones a la Seguridad Social y gestionado por las Comunidades Autónomas, a través de sus Consejerías de Sanidad y Servicios Regionales de Salud. Más del 90% de la población utiliza este sistema para sus necesidades médicas.
Todos los trabajadores por cuenta ajena y los autónomos deben estar afiliados a la Seguridad Social y abonar las cotizaciones mensuales. Se les adjudicará un número de la Seguridad Social, con el que solicitarán en el Centro de Salud que corresponda a su domicilio la Tarjeta Sanitaria. Así tendrán derecho a obtener atención médica, farmacéutica y hospitalaria.
El sistema permite a los ciudadanos elegir su médico de familia perteneciente al equipo de Atención Primaria del Centro de Salud ubicado en las proximidades de su domicilio. Para consultar a un especialista, los pacientes han de ser remitidos por el médico de familia, excepto en caso de urgencia. Mientras que la atención primaria suele realizarse en el día o pocos días después de solicitarse, las listas de espera para visitar a los especialistas o para intervenciones quirúrgicas no urgentes suelen ser largas.
En caso de urgencia, lo mejor es acudir al servicio de urgencias más cercano, y en caso de necesidad, puede solicitar una ambulancia en el teléfono 112.
Los medicamentos son prescritos siempre por el médico en receta oficial y el paciente abonará una parte de su precio. Además, las medicinas suelen costar menos que en otros países, debido a la restricción de precios que impone el gobierno.
Las farmacias se turnan para ofrecer un servicio fuera del horario comercial (nocturno y los días de fiesta) como farmacias de guardia. Podrá saber cuál está de guardia mirándolo en el periódico o en la ventana de cualquier farmacia, donde suelen poner una lista.
Los ciudadanos comunitarios que no vayan a ser incluidos en el Régimen de la Seguridad Social podrán acceder a la asistencia sanitaria durante sus desplazamientos temporales a España, siempre que hayan obtenido en su país la Tarjeta Sanitaria Europea.
Sanidad privada.
En los últimos años, el porcentaje de la población que tiene contratado algún seguro médico privado, como complemento o como alternativa a la sanidad pública, ha ido aumentando, situándose en un 24% en el año 2022. Existen muchas compañías o sociedades médicas privadas que ofrecen sus servicios en España. Estas cuentan con sus propias clínicas, consultorios y laboratorios. Los precios varían dependiendo de la edad y el sexo del beneficiario Para hacernos una idea, el seguro para una persona de unos 40 años, costaría entre 30 y 55 euros al mes.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Ministerio de Sanidad | www.sanidad.gob.es |
Organización de Consumidores y Usuarios | www.ocu.org |
El sistema educativo en España se divide en los siguientes niveles: Educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional y educación universitaria.
Educación infantil: de 0 a 6 años, dividido en dos ciclos de 3 años cada uno. Es de carácter voluntario, estando generalizado el 2º ciclo, gratuito, de 3 a 6 años.
Educación Primaria: de 6 a 12 años de edad, obligatoria y gratuita en centros (colegios) públicos y concertados.
Educación secundaria obligatoria (ESO): de 12 a 16 años. Se imparte en los Institutos de Educación Secundaria y es gratuita. Su terminación con éxito conlleva la obtención del título de graduado en Educación Secundaria.
Tras la obtención del título de graduado en educación secundaria obligatoria, puede optarse a continuar estudios de formación profesional de grado medio o de bachillerato. Estos estudios se ofrecen de manera gratuita en los centros públicos.
El bachillerato tiene dos años de duración, normalmente de los 16 a los 18 años, y da lugar a la obtención del título de bachiller. La obtención del título de Bachiller permite acceder a la formación profesional de grado superior o, si se superan las pruebas de acceso correspondientes, a los estudios universitarios.
Existe un amplio catálogo de ciclos de formación profesional de grado medio o superior, de organización modular y duración variable, que habilitan para el ejercicio de múltiples profesiones. Existen vías extraordinarias, generalmente mediante examen, para acceder a los estudios universitarios o a los ciclos de formación profesional de grado superior. La superación de la formación profesional de grado medio da derecho al título de técnico y la de grado superior da derecho al de técnico superior.
Los estudios universitarios se dividen en tres ciclos, tradicionalmente conocidos como: diplomatura, licenciatura y doctorado. Estos tres ciclos corresponden a los actuales tres niveles de cualificación universitaria: Grado, Máster y Doctor al igual que en el Espacio Europeo de Educación Superior.
Las universidades son entidades autónomas, con capacidad para establecer su propia oferta formativa. Pueden ser de carácter público o privado. Las universidades privadas deben contar con el reconocimiento académico de sus títulos por el Ministerio de Educación para que tengan valor oficial.
La mayor parte del coste de los estudios en las universidades públicas en España es sufragada por el Estado, asumiendo el alumno aproximadamente un 25 % del gasto total, cifra que varía de una Comunidad Autónoma a otra, ya que son los Gobiernos autonómicos los que establecen los precios en su territorio. Por otra parte, recientemente se ha establecido un precio máximo del crédito aplicable en todo el Estado.
Las tasas de las universidades privadas, por el contrario, no están sujetas a regulación pública, por lo que son mucho más elevadas que las públicas, asumiendo los alumnos a menudo el 100 % del coste de su educación. Además, las diferencias entre los precios de unas universidades y otras pueden ser aún más acusadas.
Existen enseñanzas de régimen especial como las artísticas (música, danza, artes plásticas y diseño y arte dramático) y las enseñanzas de idiomas.
En algunas comunidades autónomas, como Galicia, Cataluña o País Vasco la enseñanza suele impartirse en la lengua propia de la Comunidad Autónoma.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Ministerio de Educación y Formación Profesional | www.educacionyfp.gob.es |
Ministerio de Universidades | www.universidades.gob.es |
La vida social en España es muy importante. Aunque se han producido fuertes cambios en los últimos años, la familia sigue siendo el núcleo de las relaciones personales y también es fundamental mantener los lazos con los amigos.
En las relaciones sociales, se suele mantener una actitud y un lenguaje informal y espontáneo y es frecuente el contacto físico en el saludo, besos, abrazos, que puede resultar sorprendente a quienes nos visitan por primera vez, así como la costumbre de interrumpirnos cuando hablamos, que no es considerado una falta de educación, sino parte de una comunicación espontánea.
El horario habitual de almuerzo (“hora de la comida”) es de 13.30 a 15.30 h y, el de la cena, de 21.00 a 23.00 h, bastante más tarde de lo habitual en el resto de Europa. Es frecuente salir a cenar fuera de casa con amigos, especialmente los fines de semana.
La vida nocturna en España es muy activa. Hay bares y discotecas que se mantienen abiertos a lo largo de la noche. La hostelería es uno de los sectores más dinámicos de la economía española.
Existe una gran variedad de fiestas populares, algunas de ellas de fama internacional, normalmente relacionadas con tradiciones religiosas.
La vida comercial es muy dinámica. Los horarios comerciales suelen ir de las 10 de la mañana a las 20.00. En los centros comerciales los horarios suelen ser más prolongados.
La tasa de natalidad española va disminuyendo año tras año. Según el Instituto Nacional de Estadística, durante el año 2022, el número medio de hijos por mujer se situó en 1,16. Un nacimiento es un acontecimiento familiar y conlleva visitas, regalos, etc.
La esperanza de vida en España es una de las más elevadas de Europa, siendo de 81,1 años para los hombres y de 84,7 para las mujeres. Según datos del Instituto Nacional de Estadística se prevé un aumento progresivo de la esperanza de vida y un acortamiento en la diferencia entre la de hombres y la de mujeres.
La edad media de entrada al primer matrimonio es cada vez más elevada, siendo 33,8 años para las mujeres y 35,9 para los hombres. Aunque, tradicionalmente, la mayoría de los matrimonios eran religiosos (principalmente católicos), en los últimos años el número de matrimonios civiles supera ampliamente al de religiosos. Desde 2005 las parejas homosexuales pueden contraer matrimonio y adoptar hijos. En los ayuntamientos suelen existir registros de parejas de hecho (unión estable y publica entre dos personas que conviven sin contraer matrimonio), no habiendo una regulación estatal para esta figura, sino que se basan en legislación de cada Comunidad Autónoma.
Tanto el número de separaciones como el de divorcios han descendido ligeramente en los últimos años. En 2021, los divorcios representaron el 95,9% del total de disoluciones matrimoniales, frente a un 4,1% de separaciones. La diferencia entre el alto número de divorcios y el de separaciones se explica en gran medida por la entrada en vigor de la Ley 15/2005 de 8 de julio, que permite el divorcio sin necesidad de separación previa.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Instituto Nacional de Estadística | www.ine.es |
A través de la Red de Carreteras del Estado, se puede llegar en coche a todos los núcleos de población por pequeños que sean o por difícil que sea su trazado. Esta red está muy jerarquizada y tiene estructura radial. Las vías más rápidas son las autopistas (con peaje) y autovías (gratuitas), que permiten las mayores velocidades (máximo 120 Km/h), y enlazan las principales ciudades españolas. Las carreteras nacionales permiten una velocidad menor (90 Km/h máximo). Estas tienen uno o dos carriles en cada sentido, pero no son independientes. Por debajo están las carreteras secundarias, que permiten una velocidad mucho menor. Son más estrechas y no suelen tener arcén.
Casi un tercio de los viajeros internacionales que entran en España utilizan el transporte aéreo. Más de 50 millones de pasajeros por año pasan por los aeropuertos españoles. Todas las ciudades importantes cuentan con aeropuerto. El más importante es el de Adolfo Suárez-Barajas en Madrid, seguido del de Barcelona; éstos están unidos por un puente aéreo, que transporta más de dos millones y medio de pasajeros al año. También tienen gran importancia por su densidad de tráfico las líneas con las Islas Baleares y Canarias.
Las ciudades más importantes cuentan con redes de transporte subterráneo (metro) muy eficientes que funcionan normalmente de 6.00 horas de la mañana a 1.30 horas de la noche. Cualquier ciudad más o menos grande, ofrece también un buen servicio de autobús urbano. El servicio de taxis es el medio de transporte más cómodo, pero también más costoso. Además de los autobuses interurbanos, otro medio de transporte muy utilizado en España es el tren que presta diferentes servicios y abarca todo el territorio nacional. Existe una red local de trenes de cercanías, trenes regionales que abarcan gran cantidad de destinos y la línea de alta velocidad (AVE), en proceso de expansión para conectar cada vez más ciudades.
Enlaces
Título/nombre | URL |
Dirección General de Tráfico | www.dgt.es |
Renfe (Red ferroviaria) | www.renfe.com |
Mapas y rutas, guia michelin | www.viamichelin.es |
Aena (Aeropuertos) | www.aena.es |