
Estado de afiliación
En virtud de los Reglamentos de coordinación de la seguridad social de la UE (SSC), el Estado en que un trabajador está asegurado lo determinado principalmente el lugar donde realiza el trabajo. En el contexto del empleo transfronterizo, el teletrabajo puede conducir potencialmente a un cambio en el Estado de afiliación. Este cambio es especialmente probable si el teletrabajo representa más del 25 % de las horas de trabajo de un empleado, ya que el trabajo que normalmente se llevaría a cabo en las instalaciones del empleador se realiza en ese caso a distancia, desde el Estado de residencia del empleado.
Medidas temporales durante la pandemia
A fin de abordar este reto, la Comisión Administrativa promulgó medidas temporales durante la pandemia de COVID‑19. Estas medidas especificaban que el teletrabajo realizado en un Estado miembro distinto del Estado del empleador, debido a la COVID-19, no debe dar lugar a un cambio en el Estado de afiliación. Sin embargo, estas medidas excepcionales relacionadas con la pandemia dejaron de ser aplicables el 30 de junio de 2023.
Introducción del nuevo marco
Reconociendo la creciente importancia del teletrabajo, la Comisión Administrativa introdujo un nuevo marco a fin de garantizar la flexibilidad. A partir del 1 de julio de 2023, entrará en vigor la Nota de orientación sobre el teletrabajo y el Acuerdo Marco sobre el Teletrabajo Transfronterizo (TWA).
Puntos clave del acuerdo marco sobre el teletrabajo, TWA
- El TWA se aplica a situaciones en las que tanto el Estado donde tiene su sede el empleador como el Estado de residencia son firmantes del TWA, y el trabajo se divide entre el trabajo a distancia y el trabajo in situ.
- No se aplica a los trabajadores por cuenta propia.
- La lista de Estados firmantes puede consultarse en el sitio web oficial.
Evaluación del teletrabajo transfronterizo en el marco del TWA
El alcance del trabajo a distancia desempeña un papel fundamental a la hora de determinar la aplicación del TWA:
- El teletrabajo en el Estado de residencia del trabajador es inferior al 25 % del tiempo de trabajo. En este caso, el trabajador sigue asegurado en el Estado de su empleador con arreglo a las normas establecidas. Su Estado de residencia debe ser notificado al respecto.
- El teletrabajo en el Estado de residencia del trabajador oscila entre el 25 y el 49 % del tiempo de trabajo, y ambos Estados son firmantes del TWA. En este caso, a petición del Estado del empleador en virtud del TWA, el trabajador puede estar asegurado en el Estado del empleador (con el consentimiento tanto del trabajador como del empleador) durante un período máximo de tres años, que puede renovarse.
- El teletrabajo en el Estado de residencia del trabajador es igual o superior al 25 % del tiempo de trabajo, y uno o ambos Estados no son firmantes del TWA o bien el teletrabajo es igual o superior al 50 %. En tales casos, el Estado de residencia del trabajador debe ser notificado al respecto. Por lo general, el trabajador estará asegurado en su Estado de residencia. No obstante, puede presentar una solicitud de exención en virtud del artículo 16 del Reglamento (CE) n.º 883/2004, lo que podría permitirle estar asegurado en el Estado del empleador. Los dos Estados implicados deben aprobar esta circunstancia.
Casos complejos
En los casos complejos que impliquen actividades en más de dos Estados miembros, trabajar para diversos empleadores en diferentes Estados o trabajar de manera simultánea como empleado y como trabajador por cuenta propia, el Estado de residencia deberá ser notificado al respecto.
Deben realizarse valoraciones jurídicas para determinar el Estado de afiliación. En todas las situaciones, puede presentarse una solicitud de exención de las normas establecidas con arreglo al artículo 16 del Reglamento (CE) n.º 883/2004, que será examinada por los Estados implicados.
En general, el TWA ofrece flexibilidad y claridad tanto a los trabajadores como a los empleadores que participan en el empleo transfronterizo. Puede consultarlo aquí.
Enlaces relacionados:
Reglamentos de coordinación de la seguridad social
Nota de orientación sobre el teletrabajo
Acuerdo Marco sobre el Teletrabajo Transfronterizo (TWA)
Lista de Estados firmante del TWA
Más información:
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Detalles
- Fecha de publicación
- 13 de noviembre de 2023
- Autores
- Autoridad Laboral Europea | Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión
- Temas
- Negocios / Emprendimiento
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